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PODERES FORMA EN SU OTORGAMIENTO
- Consulta : 155627
- Autor : renebs_NR
- Publicado : Miércoles 13 de Junio de 2012 18:13 desde la IP: 200.52.188.165
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,246
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 13 de Junio de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 270821
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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Junio de 2012 18:21 2012-06-13 18:21 desde IP: 189.227.223.206
Un poder ya sea general o especial en todo el país, es válido con su formalidad al otorgarse, es decir, QUE SEA ANTE NOTARIO PUBLICO.
Este poder no requiere validarse en una entidad federativa distinta a en donde se otorgase. la legislación civil cambia de estado a estado, pero no realmente en el fondo, sino en la forma de la ley, casi todo es igual.
es decir, si una persona le da poder amplio y suficiente a otra para que a su nombre y representación ejecute actos de dominio sobre sus cosas, y lo da en Pachuca, Hidalgo, tiene validez este poder en San Nicolas, Nuevo León, sin ningún problema.
Suerte. -
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