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CONTARO DE ARRENDAMIENTO

  • Consulta : 154729
  • Autor : mnsuministros_NR
  • Publicado : Jueves 07 de Junio de 2012 13:27 desde la IP: 187.159.1.118
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,071
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  • Autor
    Consulta

  • mnsuministros_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    acabo de arrendar un local comercial fui a la tesoreria del distrito federal me indican que ya no se presentan ante ellos estoy registrado por arrendamiento en la SHCP, en que dependencia se registran

     

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  • Autor
    Respuesta No: 270023

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    mnsuministros_NR

    En fecha 1º de enero del año 2008 con la derogacion del articulo 2448-G del Codigo Civil para el Distrito Federal, dejo de ser obligacion para el Arrendador el registrar los contratos ante las autoridades fiscales.

    Por lo anterior estando usted dado de alta ante el SAT con actividad de arrendador, solo debe hacer sus declaraciones respecto del iva que cobra por dicha actividad.

    Saludos.



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