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ESCRITURAS

  • Consulta : 154284
  • Autor : elom606_NR
  • Publicado : Martes 05 de Junio de 2012 10:16 desde la IP: 200.76.90.5
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,083
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  • Autor
    Consulta

  • elom606_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    BUEN DIA,

    HACE DOS AÑOS FALLECIO MI ABUELITA Y UNO DE SUS HIJO TOMO LAS ESCRITURAS DE LA CASA QUE ESTAN A NOMBRE DE MI ABUELITA Y SE LAS LLEVO PERO MI ABUELO TODAVIA VIVE  Y EL Y MI ABUELITA SE CASARON POR BIENES MANCOMUNADOS, PUES MI ABUELITO QUE TIENE 92 AÑOS YA SE CANSO DE PEDIRSELAS Y SU HIJO NO SE LAS QUIERE REGRESAR YA QUE ESTE PRETENDE SEGUN EL QUEDARSE CON LA CASA, MI ABUELO QUIERE RECUPERAR LAS ESCRITURAS YA QUE ADEMAS DE QUE EL ES VIUDO Y QUIEN TIENE DERECHO A QUEDARSE CON LA CASA, PUES QUIERE PONERLA A SU NOMBRE POR QUE LE HACEN UN DESCUENTO AL PAGAR SUS IMPUESTOS CADA AÑO POR SU EDAD Y ADEMAS VIENDO LO VENTAJOSO QUE ES EL HIJO MEJOR QUIERE HACER SU TESTAMENTO.

    NO SE SI SEA COMO CUANDO PIERDES TU ACTA DE NACIMIENTO Y SACAR OTRA EN EL REGISTRO CIVIL, OJALA QUE ALGUIEN PUEDA ORIENTARME COMO AYUDAR A MI ABUELITO A TENER SUS ESCRITURAS A SU NOMBRE.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 269671

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Si puede obtener unas copias certificadas en el Archivo General de notarías que se ubica en el metro candelaria, cuestan algo asi como 2,100 pesos.

    Pero para poner a su nombre la propiedad no es tan sencillo, porque si tu abuelita no dejó restamento, entonces la mitad es de tu abuelo, y la otra mitad se debe de hacer Juicio Sucesorio Intestamentario, para que se reparta entre todos los herederos, (es decir entre todos los hijos por partes iguales) una vez hecho esto, tu abuelo puede dejar testamento testamento para herederar sus bienes a quien a él le plazca. Saludos!!



  • Autor
    Respuesta No: 269684

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     elom606_NR

    1.- Acudan al Registro Publico de la Propiedad del Distrito Federal a solicitar un certificado de Antecdentes de Propiedad a nombre de sus abuelos, ese documento contiene el Numero de Notaria Publica el numero de Escritura la fecha con la que se otorgo la misma, con esos datos podra su señor abuelo solicitar en el Archivo General de Notarias del Distrito Federal una copia certificada de la escritura.

    La sugerencia de acudir al Registro Publico de la Propiedad, es solo para el caso ustedes no tengan por lo menos una copia fotostatica de la escritura del inmueble.

    Por otra parte el hecho de que el hijo menor tenga en su poder las escrituras originales del inmueble, no le genera ningun derecho a quedarse con la propiedad.

    2.- Para que quede  a nombre de su abuelo la propiedad al 100%, deberan tramitar el juicio sucesorio de su finada abuela y quienes sean declarados herederos podran ceder sus derechos hereditarios  en favor de su abuelo para que se adjudique la propiedad.

    3.- El testamento ya lo puede otorgar desde ahora independientemente de la situacion del inmueble designando  herederos a quien èl desee.

    Asistanse de abogado de su confianza.

    Saludos



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