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HOMBRE CASADO CON DOS PERSONAS SIN JUCIO DE DIVORSIO Y VIVE CON OTRA
- Consulta : 152962
- Autor : miryanruiz2572_NR
- Publicado : Lunes 28 de Mayo de 2012 02:30 desde la IP: 201.141.27.14
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,230
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 28 de Mayo de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Quiero saber que procede si un hombre se caso en el año 1972 por primera vez por régimen de sociedad conyugal y en 1979 con otra sin que se divorciara de la primera esposa por régimen de separación de bienes, y claro sin que la primera esposa se enterara, el dejo la casa del primer matrimonio en 1986 aproximadamente, ella no tramitó pensión alimenticia ni se ha divorciado hasta la fecha; el tiene una hija con una tercera mujer que ahora tiene aproximadamente 21 años; desde que el se salio del hogar dejando a tres hijos el mayor de 16 años y la menor 6 no aporto nada económicamente ni para manutención ni para los servicios del departamento (predio, luz, agua)
La pregunta es la esposa legítima (la primera) aún puede tramitar una demanda solicitando la cesion de derechos sobre el departamento y el pago del mismo en su totalidad si el no lo termino de pagar ya que el lo saco por el infonavit, y por el regimen del matrimonio les corresponde por partes iguales y no sería justo que la otra hija reclamara derechos sobre el 50% que le corresponde a su papá? ¿La primera esposa aún puede solicitar pensión alimentaria para ella ya que ella nunca ha trabajado formalmente, me parece que aunque el no aporto nada para la manutención de los hijos como ahora ya son mayores no se puede reclamar lo que no aporto, pero para ella si?
Si procede alguna de las preguntas ¿Como se hace el trámite y en donde?
Muchas Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 268522
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Mayo de 2012 09:14 2012-05-28 09:14 desde IP: 199.67.140.45
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Autor
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AutorRespuesta No: 268524
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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Mayo de 2012 09:25 2012-05-28 09:25 desde IP: 189.228.106.100
Puede solicitar el divorcio y la liquidación de la Sociedad conyugal, pero en cuanto a los bienes si el no desea cederle su 50% a su señora madre no esta obligado a hacerlo, ya que solo le corresponde el 50% a su madre, y en el caso de que su señor padre falleciera sin dejar testamento por supuesto que todos sus hijos de él pueden apersonarse en el Juicio Sucesorio y relcamar su parte de la herencia, es decir del 50% de su padre.
Ahora bien, depende mucho la pericia del abogado, tanto de su señor padre como de su señora madre, porque si su madre necesita alimentos, ahora que sus hijos son mayores de edad tambien estan obligados a aportar para ello y no solo su padre.
Pero la mejor recomendación que le doy es que acuda con su abogado de confianza, quien le orientará mayormente.
Saludos
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