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COMO HAGO UNA CONSIGNACIóN DE PAGO EN EL ESTADO DE MEXICO
- Consulta : 151475
- Autor : rosagonzalez
- Publicado : Jueves 17 de Mayo de 2012 15:12 desde la IP: 189.240.234.192
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,105
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 17 de Mayo de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 266746
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Fecha de respuesta: Jueves 17 de Mayo de 2012 15:29 2012-05-17 15:29 desde IP: 201.172.12.51
.Código de Procedimientos Civiles del Estado de México.
CAPITULO IV
De los Actos Preliminares de la Consignación
Causas de la consignación
Artículo 2.68.- Si el acreedor rehusare recibir la prestación debida, dar el documento justificativo de pago, si fuere persona incierta o incapaz o dudoso su derecho, podrá el deudor liberarse de la obligación haciendo la consignación.
Citación de acreedor conocido
Artículo 2.69.- Si el acreedor fuere cierto y conocido, se le citará para el día, la hora y lugar determinados, a fin de que reciba o vea depositar el bien.
Bien mueble de difícil conducción
Artículo 2.70.- Si fuere mueble, de difícil conducción, la diligencia se practicará donde se encuentre, si estuviere dentro de la competencia territorial, en caso contrario se librará exhorto o despacho, para que ante el Juez del lugar el acreedor lo reciba o vea depositarlo.
Citación a un acreedor desconocido
Artículo 2.71.- Si el acreedor fuere desconocido, se le citará por edictos y por el plazo que señale el Juez.
Certificación del depósito
Artículo 2.72.- Si el acreedor no comparece, se hará constar y el Juez ordenará el depósito del bien o prestación debida.
Cambio de lugar de depósito
Artículo 2.73.- Si el bien debido es cierto y determinado, y debe ser entregado en el lugaren que se encuentra, y el acreedor no lo retira, el deudor puede obtener del Juez laautorización para depositarlo en otro lugar.Consignación de dineroArtículo 2.74.- La consignación de dinero puede hacerse en billete de depósito o enefectivo.Liberación de la deuda mediante juicioArtículo 2.75.- Cuando el acreedor no reciba el bien consignado, podrá pedir el deudor ladeclaración de liberación en contra del acreedor.Nombramiento de depositario en la consignaciónArtículo 2.76.- En todos los casos anteriores, el depositario será designado por el Juez.
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