Buenas tardes!
Una persona "X", celebra con "Y", un Contrato de Inversion de 1,000 para construir dos casas en terrenos de "Y" y con su venta, le pagará a "X" un interés mensual de 2% durante un año, y la devolución del importe invertido, Fuera de contrato, "Y" le dice a "X" que los 1,000 los deposite a un tercero "J".
Termina el plazo de un año, y "Y" no paga ni los intereses, ni devuelve el capital.
Se investigó a "Y" en el RPP y éste, nunca ha tenido terrenos a su nombre,
Se pretendió por la Vía Penal (Fraude), en contra de "Y", y no prosperó, pq no se acreditó el engaño el día de la celebración del contrato, ya que la boleta del RPP es un documento expedido, obviamente en fechas recientes, NO en la fecha de celebración del Contrato.Además de la existencia de un Contrato de Inversión.
Como se ha descrito, "J" no aparece para nada en el Contrato, y sí recibió un dinero, de buena fé por parte de "X".
Que tipo de Delito, se le podría atribuir a "J", para que devuelva ese dinero. ó sería un "PAGO DE LO INDEBIDO" por la vía Civil?
Serviría que el RPP emitiera un documento, en el que dijera concretamente que en la fecha de celebración del Contrato, "Y", no tenía propiedades?
Gracias por sus comentarios.