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CANCELACION DE EMBARGO POR EL BANCO

  • Consulta : 148851
  • Autor : nichox
  • Publicado : Lunes 30 de Abril de 2012 13:50 desde la IP: 189.130.251.7
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,070
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  • Autor
    Consulta

  • nichox
    USUARIO REGISTRADO

    Buen dia, acudo para hacer una consulta, mi abuelo fallecio hace 13 años y dejo algunos bienes, entre ellos una casa que esta incluida en el testamento, pero ninguno de mis tios pido su herencia, actualmente me la queiren vender  a mi, pero ademas al pedir copia de las escrituras nos dimos cuenta que tiene un embargo de bancomer de 1994, hemos consultado con 2 abogados pero ninguno se ponde de acuerdo, y que uno dice que hagamos la sucesion, pero el otro dice que ya paso el tiempo para pedir la herencia y si la hacemos podriamos perderla por que heredaria la beneficiencia publica que al parecer es el dif, ademas dice que antes de hacer cualquier movimiento debemos cancelar ese embargo, pero en ese tramite no puede ayudarnos, alguien podria orientarme sobre que tipo d etramite hacer, o si tienen formatos para ir leyendo y que no nos sorprenda alguno de esos abogados, diciendo que se debe hacer otro trámite, soy del estado de Veracruz, gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 264195

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    nichox

    Primero tienen que tramitar el juicio sucesorio testamentario de su finado abuelo, una vez que se el Juez declare la VALIDEZ DEL TESTAMENTO, los hererderos testamentarios acepten la herencia y el ALBACEA nombrado por el testador acepte y proteste el cargo conferido, este ultimo como representante de la sucesion podra gestionar asistido de abogado de su confianza, podra solicitar ante el Registro Publico de la Propiedad la CANCELACION de gravamen que afecta el inmueble por CADUCIDAD.

    Asistanse de abogado especialista en materia de sucesiones.

    Saludos



  • Autor
    Respuesta No: 264199

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    primero tendras que buscar un abogado que no te sorprenda...(segun tu).... ya que si así piensas... no tiene caso dar contestación a este tipo de consultas...



  • Autor
    Respuesta No: 264206

  • nichox
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    gracias ABOMAU68, y sobre ese juicio susesorio que me recomienda, no tiene nada que ver que mi abuela tenga mas de 15 de fallecido, por eso de que me dijeron que solo teniamos 10 años para pedir la herencia si no se quedara con la casa el dif



  • Autor
    Respuesta No: 264247

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    nichox

    NO tiene nada que ver, le informaron mal, el derecho para denunciar un juicio sucesorio sea testamentario o intestamentario no prescribe con el transcurso del tiempo.

    Saludos.



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