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CóMO INICIAR JUICIO POR PENSIóN ALIMENTICIA?
- Consulta : 148846
- Autor : tania_NR
- Publicado : Lunes 30 de Abril de 2012 12:58 desde la IP: 201.151.224.41
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,098
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 30 de Abril de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
Hola buen día.
Se supone que al divorciarme acordamos que mi ex-marido me pasaría $800 mensuales como pensión por mis 2 hijos, de 5 y 8 años respectivamente. Sin embargo él no cumple y ha habido meses en que no me da dinero porque dice que no le pagan o le pagan poco, y a veces hasta se enoja. Yo ya no quiero tener que discutir con él sobre el tema, porque le he explicado que no es para mi, sino que es su obligación para con los niños.
Así que me gustaría saber qué procedimiento necesito seguir para exigir el pago de pensión, porque aunque no da dinero, sí exige verlos bien cada vez que se los lleva.
Gracias por su atención.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 264194
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Abril de 2012 13:55 2012-04-30 13:55 desde IP: 187.168.13.253
BUEN DÍA.
Como indica que ya hubo una declaratoria de juez para la pensión alimenticia, tendrá que volver a acudir al juez a fin de hacerle de su conocimiento el incumplimiento en que se encuentra el deudor y que le aperciba para que deposite las cantidades debidas y no pagadas.
El juez, podrá dictar un apercibimiento consitente en multa si no cumple o dejarle a salvo sus derechos a fin de que haga valer este incumplimiento injustificado por la vía penal.
Consulte a su abogado el sabra que hacer.
PARA CUALQUIER DUDA O ACLARACIÓN, ME PONGO A SUS ORDENES.
ATENTAMENTE:
LIC. ISRAEL JUÁREZ.
E-MAIL: israel-abogado ARROBA h o t m a i l . c o m y asesoria-juridico-legal ARROBA h o t m a i l . c o m
CEL: 044 55 28 62 68 46.
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Autor
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AutorRespuesta No: 264209
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Fecha de respuesta: Lunes 30 de Abril de 2012 14:50 2012-04-30 14:50 desde IP: 189.234.196.147
pague o no pague la pensión... tu no puedes impedir que vea a sus hijos...
tu abogado sabe que hacer...
si tu ex... recibe su salario por medio de nomina... tu abogado puede pedir que se le hagan el descuento directamente y le requiera por medio de planilla de liquidación y embargo... las que te adeuda... tu abogado sabe que hacer...
si no recibe por nomina... o es trabajador independiente... YA TE FREGASTE... nadie te va a a ayudar...
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