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PAGARE

  • Consulta : 148472
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Jueves 26 de Abril de 2012 21:44 desde la IP: 187.176.148.175
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,071
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Morelos

    HOLA BUENAS NOCHES, UNA CONSULTA PORFAVOR, VOY A DAR QUE ME FIRMEN DOS PAGARES EN EL MISMO DIA, CON LA MISMA CANTIDAD, PERO DIFERENTE FECHA DE VENCIMIENTO, ENTONCES QUIERO SABER SI LA FECHA DE SUSCRIPCION EN LOS DOS PAGARES DEBE SER LA MISMA????'

     Y COMO SE HACE PARA EL COBRO, SI UNO TENDRA FECHA DE VENCIMIENTO EL 28 DE OCTUBRE DE ESTE AÑO Y EL OTRO FECHA DE VENCIMIENTO EL 28 DE ABRIL DEL 2013, SE COBRA UNO, CUANDO SE PAGUE EL PRIMERO, SE COMENZARA A PAGAR EL SEGUNDO??

    GRACIAS POR SU RESPUESTA, A LO MEJOR MI PREUNTA ES MUY OBVIA, TENGO MAS O MENOS LA IDEA, PERO QUIERO QUE USTEDES ME LA AFIRMEN, GRACIAS

     

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  • Autor
    Respuesta No: 263841

  • 098nairda
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    BUEN DÍA.

    En el pagare se puede hacer pagos en parcialidades, si es a lo que te refieres, y como dices te paga uno y puede comenzar a pagarte el otro. Si te paga en parcialidades se debe anotar la fecha, la cantidad y la firma de quien recibe, esto se recomienda en el propio pagare pero si el espacio se termina se puede hacer en una hoja aparte.

    Es importante que sepas que el pagare solo te va a servir si la persona que te debe cuenta con bienes de su propiedad ya que si llegaras a demandar y la persona no tiene bienes el pagare va a ser incopbrable por la insolvencia del deudor.

    ESPERO HAYA SERVIDO MI COMENTARIO.



  • Autor
    Respuesta No: 263844

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Los dos pagarés pueden tener la misma fecha de suscripción, no importa que tengan diferentes fechas de vencimiento, sólo asegúrese de seriarlos 1/2 y 2/2 señalando que en caso de que el primer pagaré no sea cubierto a la fecha de vencimiento el segundo pagaré seriado se tendrá también por vencido en esa fecha y así podrá demandar en el mismo escrito los dos pagarés aunque el segundo tenga fecha posterior. Sólo asegúrese de que el sus.criptor sea solvente ya que un pagaré firmado por un pelagatos no le servirá ni para el baño de las mascotas.



  • Autor
    Respuesta No: 263845

  • Yool
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    y por ejemplo que pasa cuando el acreedor no puede acudir personalmente a cobrarle al deudor, ya sea porque viva en diferentes estados, se podria hacer el pago atraves de una cuenta bancaria, que aperture el acreedor, y estar checando la cuenta de banco mes con mes, svalido???

    o como se mencionaria en el pagare que el pago se va hacer mediante depositos en tal número de cuenta bancaria??'



  • Autor
    Respuesta No: 263848

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    El sus.criptor sí puede realizar el pago mediante depósitos bancarios, puede hacer mención en el pagaré señalando la cuenta a la que deba hacerse, incluso no es necesario mencionarlo, los comprobantes de depósitos bancario serían prueba de que el documento se ha pagado en caso de llegar a juicio, ya que existe jurisprudencia que menciona que si bien es cierto que la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito señala que los pagos parciales se deben anotar en el título de crédito, también lo es que no prohibe que el cumplimiento se puede demostrar con otros medios que resulten evidentes.



  • Autor
    Respuesta No: 263850

  • Yool
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    ok, y se puede pedir al deudor algo en garantia, si es asi, que tipo de documento se puede hacer, para pactar que deja en garantia x cosa, hasta que el deudor liquide la deuda con el acreedor????

    me llama la atencio que pasaria, si ya se tienen firmados los pagares y se sabe que el deudor no tiene como pagarme,  bueno si el lo dice, pero no se sabe si sea cierto, seria perdida de tiempo demandarlo??? o como pued investigar si tiene bienes inmuebles a su nombre, sin que el deudor sepa???



  • Autor
    Respuesta No: 263870

  • isabelreyes
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    mira si es conveniente que te firmen tambien varios avales si le vas a prestar dinero ell llevara a sus avales eso tenlo por seguro de esa forma si no tiene el dinero sus avales podran pagarte la deuda ahora bien puedes checar en el registro publico de la propiedad si es que tiene algun bien inmueble a su nombre o a nombre de los avales para de esta forma garantizar el pago, como estrategia te recomiendo pedirles una copia de algun predio ya sea que pertenesca a los avales o a el deudor para poder saber que embargar aun qe si es una cantidad grande la que le prestaras es conveniente checar en el registro publico antes de prestarle el dinero para ver si el bien inmueble tiene algun gravamen, y cuando te firmen checa todos los datos que sean correctos tanto del deudor principal y de los avales checa que la firma sea la misma a la que esta en la credencial de elector de el deudor y los avales y solo por estrategia quedate con copias de las credenciales de elector y alguna copia de escrituras



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