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DIFERENCIA
- Consulta : 147641
- Autor : sergiom_medina_NR
- Publicado : Domingo 22 de Abril de 2012 06:10 desde la IP: 187.159.48.14
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,110
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 22 de Abril de 2012
Estado de Referencia: Hidalgo
Buen día, alguien que me pueda sacar de la duda, ya que un banco maneja co-obligado y obligado solidario como dos palabras con significado muy di
ferentes pero cuando les pregunto NO pudieron dar sus funcionarios una respuesta al respecto.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 263117
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Abril de 2012 08:56 2012-04-22 08:56 desde IP: 187.149.236.123
Salvo la mejor opinión de los especialistas en la materia, yo considero que un co-obligado, es una persona que en conjunto con otra u otras, está obligada en todo momento a dar cumplimiento a una obligación, mientras que un obligado solidario, solo estaría obligado a dar cumplimiento a dicha obligación, cuando él o los obligados principales no den cumplimiento a la misma.
Por ejemplo: María y Juan compran en conjunto un plan de viaje en crucero, y son co-obligados a pagar el costo, pero Marcela queda de aval de la deuda y por tanto es deudor salidario de María y Juan y solo estaría obligada a pagar, si ellos no cumplen dicha obligación.
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