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SE ME ACUSA DE FRAUDE CUANDO YO SOY LA VICTIMA
- Consulta : 147601
- Autor : maxter127
- Publicado : Sábado 21 de Abril de 2012 16:51 desde la IP: 189.172.153.179
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,124
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 21 de Abril de 2012
Buenas tardes a todos, les expongo mi problema en particular.
El año pasado compre a credito en una tienda una bateria para mi automovil a unplazo de un año, empece paando todo muy bien pero tuve unos problemas y deje de abonar normalmente. La tienda empezo a mandarme citatorios para que fuera a la tienda hasta que fui y me atendio una persona que segun era quien llevaba la cuenta. El encargado queria que le pagara el triple delñ valos del producto por falta de pago, entonces yo le propuse comprarle un producto igual al que me vendio ya que el que yo obtuve me lo habian robado. El encargado acepto e inclusive me dio un recibo de mercancia y segun la cuenta quedaria cancelada y en ceros. Hicimos el trato y me dio el recibo firmado por el, y me dijo que en una semana el me llevaria una hoja donde acreditaba que mi cuenta ya estaba saldada. Despues de un mes, aun no me ha llegado esa carta y por otro lado aparecio un representante juridico exigiendo el págo del producto de igual manera al triple, y alega que la empresa le ha reportado que aun esta vigente la deuda. El problema es que la tienda ha expresado al despacho juridico que se me ha intentado localizar y que inclusive he cambiado mi lugar de domicilio para evadir la cuenta, cosa que es totalmente falsa. Hay alguna manera de solucionar esto, ya que el despacho me ha dado una semana antes de expedir una orden de embargo por la deuda.
Saludos y espero respuestas. Gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 263051
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Abril de 2012 21:17 2012-04-21 21:17 desde IP: 187.194.208.201
la deuda es la deuda... de esa no te salvas... si dejaste de pagar y firmaste un pagare... el embargo sera lor el triple de la deuda no pagada... lo que hayas comprado a parte... eso nada tie e que ver con la deuda original....no te cobran el triple... sino que te avisan que el adeudo se puede triplicar en el juicio...
cuando llegue el actuario... te va a reclamr la suerte princiapl... si en ese momento la pagas... se acaba la deuda y termina el asunto... pero el actuario de un juzgado... tambien puedes hacer consignaciòn de pago en un juzgado.... explicando que la deuda es una y no el triple... pero dejar de pagar... de eso no te salvas...
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