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POSIBLE PENCION POR ARTOSCOPIA LATERAL Y TENGO 32 AñOS

  • Consulta : 146097
  • Autor : nlopez_80_NR
  • Publicado : Jueves 12 de Abril de 2012 12:57 desde la IP: 189.238.43.75
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • nlopez_80_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    muy buenos dias: quisiera saber si me pueden sacar de unas dudas,yo sufri un accidente el año pasado estoy prox a cumplir un año de incapacitada,en el imss la doc de rehabiolitacion  desde hace un mes me mando  mf a tramitar una pencion,debido a que mi pie no quedo bien despues de la cirugia.......mi duda es saber si es posible una pencion por invalidez ya que en mf la doc que me atendio es muy despota y me dijo que deberia de estar conciente de que tenia factores que no me favorecian:la edad que estaba muy joven para ser pencionada,que era por enfermedad gral ya que fue en mi casa,que tenia que ver lqs semanas cotizadas y los años trabajados,tengo laborando  desde el 98 y que si sabia del subsidio del imss que no era mucho lo que me darian.

    les agradeceria me puedan orientar y sacar de dudas...gracias

     

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  • Autor
    Respuesta No: 261772

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Usted como por lo que dice fue dada de alta en 1998, tendra que tener 250 semanas para derecho a pensión de invalidez o 150 si el dictamen es superior al 75% .Siendo esto así tendra derecho a pensión que desde luego tendra el depto del imss de salud en el trabajo dar el dictamen.



  • Autor
    Respuesta No: 261773

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Pensión de Invalidez

    Se otorga cuando el trabajador asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, un salario superior al 50% del recibido durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesional.

    Se solicita cuando el Instituto, a través de sus servicios médicos, determine que se encuentra en estado de invalidez.

    Los requisitos que necesita el trabajador asegurado para obtener una pensión de invalidez son:
    • Que el asegurado se encuentre vigente o dentro del periodo de conservación de derechos, al declararse el estado de invalidez.
    • En régimen 1997, que el asegurado tenga reconocidas un mínimo de 250 cotizaciones a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez, o bien, si el dictamen determina una valuación de 75% o más, sólo se requiere que tenga acreditadas 150 semanas de cotización.
    • En régimen 1973, se requiere que al declararse la invalidez, el asegurado tenga acreditado el pago de 150 cotizaciones a la fecha en que se dictamine el estado de invalidez.
    • Que los Servicios Médicos de Salud en el Trabajo, dictaminen el estado de invalidez del asegurado.
    • Que los Servicios de Prestaciones Económicas cuenten con el formato ST-4 dictamen de invalidez



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