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DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

  • Consulta : 145770
  • Autor : princesacruz65_NR
  • Publicado : Martes 10 de Abril de 2012 17:48 desde la IP: 189.229.45.251
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,072
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  • Autor
    Consulta

  • princesacruz65_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Tabasco

    Hola,  le saluda Mary,  tengo una duda y quisiera me ayudaran  para despejarla, cuando una persona se divorcia, y no liquidò la sociedad conyugal, ya pasado tres años, ambos se vuelven a casar, adquieren mas bienes con su actual conyuges, al momento de solicitar la liquidacion de la sociedad conyugal,de su primer matrimonio,  esos nuevos bienes que adquirieron  con sus actuales parejas, tambien se pueden reclamar, pertenecen a la sociedad conyugal del primer matrimonio, o unicamente se reclaman los  bienes que adquirieron durante la vigencia de su matrimonio. gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 261469

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Unicamente se liquidan los bienes que se adquirieron durante el matrimonio. Con la Sentencia de Divorcio se disuleve el vinculo matrimonial y se da por terminada la SOCIEDAD CONYUGAL, asi que a partir de ahi, borrón y cuenta nueva. Saludos



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