Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

HERENCIA DEL CONYUGE(CASADO POR SOCIEDAD CONYUGAL) EN EL INTESTADO.

  • Consulta : 145198
  • Autor : iorijmg_NR
  • Publicado : Viernes 06 de Abril de 2012 11:13 desde la IP: 189.137.151.37
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,142
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • iorijmg_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Antes que nada buen dia.

    Mi pregunta es rapida: Se presenta conyuge y madre de la de cujus a juicio, el juez resuelve como unica heredera a la señora
    (mama), que porque el señor como estaba casado por Sociedad Conyugal solo le toca gananciales!!!! .

    Solo hay un terreno y parece ser que se lo van a dar a la señora(la mama), la verdad esto tiene preocupado a mi tio.

    entonces: El terreno forma parte de los gananciales?????

    Esta resolucion es justa(la confirmaron e n la apelacion-el amparo ya no se presento-)??????

     

    Saludos.

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí





  • Autor
    Respuesta No: 260935

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    En esta materia, dependiendo del lugar del juicio sucesorio, la ley civil dispone una de dos hipótesis, a saber:

    1. El cónyuge supérstite tiene derecho a heredar la porción de un hijo, en el entendido de que todos los hijos heredan por partes iguales;

    2. El cónyuge supérstite solo tiene derecho a heredar la porción de un hijo, SI NO TIENE BIENES O LOS BIENES CON LOS QUE CUENTA, son inferiores a la porción de un hijo.

    Si en su caso, el Juez reconoció que únicamente tiene derecho a los ganaciales que derivan de los bienes adquiridos en el matrimonio, es decir tiene derecho al 50% de dicho bien inmueble por concepto de participación en la sociedad conyugal, lo hace seguramente porque en su Estado o lugar del juicio la ley contempla la solución enunciada en el punto 2. 

    Y porqué no tiene derecho sobre el resto del 50%? Pues precisamente porque ya es dueña del otro 50% y entonces no se actualiza la hipótesis de la ley, la cual exige que carezca de bienes propios o los que tenga no le alcancen a recibir el equivalente a la porción de un hijo. Si hubiese un hijo heredero, lo máximo que éste podría recibir sería ese 50% y por tanto el otro 50% que por gananciales le corresponde al cónyuge supérstite, no es inferior al de la porción de un hijo, sino exactamente igual.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 260936

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    iorijmg_NR

    Consultante es importante que usted mencione en que Estado de la Republica de la Republica escribe, por ejemplo el Codigo Civil para el Distrito Federal preve cuando concurren al juicio sucesorio el conyuge superstite y ascendientes del finado.

    Artículo 1626.- Si el cónyuge que sobrevive concurre con ascendientes, la herencia se dividirá en dos partes iguales, de las cuales una se aplicará al cónyuge y la otra a los ascendientes.

    Artículo 1627.- Concurriendo el cónyuge con uno o más hermanos del autor de la sucesión, tendrán dos tercios de la herencia, y el tercio restante se aplicará al hermano o se dividirá por partes iguales entre los hermanos.

    Artículo 1628.- El cónyuge recibirá las porciones que le correspondan conforme a los dos artículos anteriores, aunque tenga bienes propios.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 260940

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    M i estimado consultante Iorijmg

    Mire, aunado a los muy acertados comentarios tanto del Lic. Velázquez así como los del  Lic ABOMAU68 a quienes les envío un cordial saludo, me permito comentarle que al final de su consulta usted señala que: “””-Esta resolucion es justa(la confirmaron e n la apelacion-el amparo ya no se presento-)??????-“””, de tal suerte que si es "justo o no" el hecho que es la duda por la que usted acude a este Foro, ya resulta intrascendente, toda vez que el problema es que ésta resolución ya es inatacable, lo anterior en virtud de que su derecho a impugnarla mediante un amparo, ya prescribió tal y como usted mismo lo cita y detalla en su narracion.

    SALUDOS







  • Autor
    Respuesta No: 261983

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Se declara que esta consulta ha causado estado, para todos los efectos pertienentes.



  • Autor
    Respuesta No: 261984

  • cobra79
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Un momento, yo genere tal consulta:

     

    Muchas gracias por las respuestas aqui van los puntos pedidos:

    Es en el D.F.

    El terreno no entra en los gananciales porque la señora lo compro antes de que se casaran

     

    Por ultimo mis preguntas son 2:

    la sentencia que se ataco fue la interlocutoria de declaratoria de herederos, no se puede atacar la sentencia definitiva de todo el proceso y que se le reconozca como heredero?????

    Un licenciado nos comento(porque yo acompañe a mi tio) que lo que queda es hacer el juicio de peticion de herencia, creen que tenga buen puerto????

     

    Saludos y una disculpa por la demora.



  • Autor
    Respuesta No: 261985

  • cobra79
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Un momento, yo genere tal consulta:

     

    Muchas gracias por las respuestas aqui van los puntos pedidos:

    Es en el D.F.

    El terreno no entra en los gananciales porque la señora lo compro antes de que se casaran

     

    Por ultimo mis preguntas son 2:

    la sentencia que se ataco fue la interlocutoria de declaratoria de herederos, no se puede atacar la sentencia definitiva de todo el proceso y que se le reconozca como heredero?????

    Un licenciado nos comento(porque yo acompañe a mi tio) que lo que queda es hacer el juicio de peticion de herencia, creen que tenga buen puerto????

     

    Saludos y una disculpa por la demora.



  • Autor
    Respuesta No: 261989

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    cobra79

    Buen punto del abogado que aconsejo a su tio, considero procedente que el conyuge superstite (tio) demande en juicio de accion de peticion de herencia se le reconozca como coheredero de la finada respecto del terreno que en vida esta adquirioantes de celebrar el matrimonio, el ejercer  esa accion es TOTALMENTE INDEPENDIENTE del hecho que en la declaratoria de herederos solo se le hayan reconcido los ganaciales. Sirven tambien como sustento legal los articulos que remarque en amarillo en mi anterior respuesta.

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 262117

  • cobra79
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias por la respuesta, lo que si no me queda clara es como un magistrado no lo reconoce como heredero tengo esa inquietud, pensabamos ir a hablar con el pero nos dijeron que no sirve de nada.

     

    Solo por ultimo recuerdo cuando inicio esto le dije: oiga pues a usted no le toca nada jajajajaja, la cara que puso mi tio, lo que es no saber yo lo estaba confundiendo con divorcio, pero bueno esperemos todo salga bien.

     

    Dios bendiga a todos los del foro.



  • Autor
    Respuesta No: 262119

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Es cierto, debe de reconocersele tal carácter de Heredero al conyuge supérstite, para que se adjudique el 50% de la Herencia en atención a los artículos ya mencionados, solo que ahora si ponganse miu abusados para interponer los recursos que la ley prevé en caso de que no les sea favorable el Juicio de Petición de Herencia, sobre todo porque se tiene que tramitar en la vía Ordinaria Civil y se va a acumular al Intestamentario en el mismo Juzgado en donde se esta ventilando éste, así que cuando aún y conozca por turno otro Juzgado Familiar se deberá de remitir a donde se encuentra radicado el Intestamentario. Saludos



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión