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BUEN DIA !
- Consulta : 144244
- Autor : Karla Robleca
- Publicado : Jueves 29 de Marzo de 2012 14:16 desde la IP: 187.142.132.235
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 29 de Marzo de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 259992
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Fecha de respuesta: Jueves 29 de Marzo de 2012 14:28 2012-03-29 14:28 desde IP: 201.147.152.117
Si los Alimentos son de orden público, es decir estos son obligatorios, con el entendido de que no importa que no veas a tus hijos eso no te exime del pago de los alimentos, por otro lado el que tenga la custodios de los hijos no quiere decir que pueda prohibirte que te alejes de ellos y no los veas pues también tienes derecho a un régimen de visitas
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