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PENSION POR VIUDEZ
- Consulta : 143358
- Autor : mas_ogo_NR
- Publicado : Viernes 23 de Marzo de 2012 18:16 desde la IP: 201.132.232.56
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,080
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 23 de Marzo de 2012
Estado de Referencia: Coahuila
Hola, Buenas tardes!
Primeramente gracias por tener este foro que nos puede ayudar muchismo en nuestras dudas, mi padre fallecio en el año de 1988, y a mi mamá, actualmente le dan una pension de viudez de 1,400.00, como o quien determina esa cantidad?, y nunca hizo uso de la cuenta de infonvit, le podran regresar ese dinero? y que tramites se siguen?, gracias de antemano por su respuesta. Coco Gonzalez.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 259295
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Marzo de 2012 22:10 2012-03-23 22:10 desde IP: 189.152.49.205
Si fallecio el el año de 1988,se desprende que fue sujeto unicamente al primer periodo 1972-1992 que despues de quitar tres ceros al peso en 1993 se convierte en nada eso por una parte y por la otra en el caso suyo el derecho a cobrar ya prescribio.
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Autor
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AutorRespuesta No: 259303
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Marzo de 2012 22:33 2012-03-23 22:33 desde IP: 201.156.25.239
No ha prescrito necesariamente, acuda aInfonavit a solicitar un estado de cuenta y si tiene alguna cantidad de dinero esa le será entregada a su mamá al doble, esto es, si tuviera 500 pesos le entrgarán 1000 a su madre. Los requisitos para cobrarlos son Acta de nacimiento (sus padres); comprobante de domicilio; identificación (ambos); acta de defunción y resolución de pensión.
Toda la pepelería es en copia legible.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 259323
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Marzo de 2012 23:29 2012-03-23 23:29 desde IP: 189.152.49.205
Para poder retirarlos necesitas tener mas de un año desempleado o ya estar pensionado, si aun estas dado de alta no podras efectuar el "//mexicolegal/foro-verconsulta.php?id=28711#" onclick="hwPal61413524.aqkqhblqnaj("retiro");return false;" oncontextmenu="return false;" onmouseout="hwPal61413524.hideMaybe(this, "retiro"); this.style.cursor="hand"; this.style.textDecoration="underline"; this.style.borderBottom="dotted 1px"; " onmouseover="hwPal61413524.hwShow(event, this, "retiro"); this.style.cursor="hand"; this.style.textDecoration="underline"; this.style.borderBottom="solid";" rel="nofollow" style="border-bottom: 1px dotted; color: #005f00; cursor: hand; text-decoration: underline">retiro. De la pagina del INFONAVIT:
¿Cómo disponer de mi fondo de ahorro?
Tus aportaciones patronales enteradas al Infonavit entre 1972 y el primer bimestre de 1992 constituyen tu fondo de ahorro.
Puedes retirar tu fondo de ahorro cuando sucedan cualesquiera de estos acontecimientos:
1. Terminación de la relación laboral, al tener 50 años de edad o más y haber cumplido un año o más sin trabajar.
2. En los casos que tengas una de las siguientes pensiones dictaminada por el IMSS, el ISSSTE o un Plan Privado de Pensión cuando este plan es otorgado por tu patrón o es derivado de contratación colectiva:
- Incapacidad total permanente.
- Incapacidad parcial permanente del 50% o más.
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Defunción. En este caso serán tus beneficiarios quienes reciban este fondo. En este caso no es necesario contar con una resolución de pensión.
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Invalidez definitiva
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Cesantía en edad avanzada.
- Vejez.
3. Laudo judicial. Cuando la solicitud sea a través de una resolución emitida por una autoridad competente.
Importante: A los diez años de ocurrir cualesquiera de estos eventos prescribe tu derecho a cobrar tu fondo de ahorro, excepto si el saldo es menor o igual a $1,800.00.No dejes pasar el tiempo.
ignoro si l CAntidad de 1,800.00 se actualizo
saludos.
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Autor





