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  • Consulta : 140932
  • Autor : alfredo.sanchezq_NR
  • Publicado : Martes 06 de Marzo de 2012 11:35 desde la IP: 187.149.20.191
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,228
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  • Autor
    Consulta

  • alfredo.sanchezq_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Sinaloa

    LIC. A LOS 61 AÑOS VOY A TENER SEGUN EL IMSS 1218, SEMANAS COTIZADAS, PERO AL PEDIR MI CONSTANCIA DE SEMANAS EN EL IMSS

    ME FALTAN LAS SEMANAS A PARTIR DE 1RO DE JUNIO DE 1975 A 1982, YA QUE ME CAMBIARON DE NO. DE S.S. COMO LE HAGO PARA QUE EL IMSS ME RECONOSCA LAS SEMANAS FALTANTES 350 APROX.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 257274

  • Antonio
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Sera coincidencia pero al checar mi reporte  de semanas cotizadas que indica   que detalla semanas cotizadas de 1982 a la fecha , tampoco veo 1982 solo desde 1983 a la fecha............... y tambien inicie a cotizar desde 1975....................Wofito88 que se puede hacer al respecto ??? igualque el consultante ..???? me parece que una aclaración presentandoevidencias derecibos de nomina o contrato deplanta de ese tiempo o sea de 1975...     





  • Autor
    Respuesta No: 257368

  • jaeo23
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    por tener 61 años, y tener mas de 900 semanas cotizadas ya te puedes pensionar,  en el caso de que estes dado de alta solicitar al patron la baja acudir al depto, de pensiones del imss presentar en original y copia acta de nacimiento, credencial adims, ultimo estado de cuenta del afore y comprobante de domicilio, y abrir una cuenta en un banco para el pago de pension, y llevar el contrato 

     

    pd. si tienes 1000 o 1100 o 1500 o 1600 semanas cotizadas es la misma, el imss te pide un minimo como requisito de alli en adelante es lo mismo, 

    cualquier duda estamos ala orden



  • Autor
    Respuesta No: 257370

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Antonio,

    realiza una solicitud de aclaración de semanas cotizadas.

     

    Nombre del trámite

    Solicitud de aclaración de semanas cotizadas en el IMSS

    ¿En qué consiste?

    Es la solicitud que presenta el asegurado que no esté de acuerdo con la información que el Instituto Mexicano del Seguro Social le proporcionó en su constancia de semanas cotizadas en forma automatizada.

    ¿Quién lo realiza?

    El asegurado.

    ¿Dónde y en qué horario se presenta?

    En la Subdelegación u Oficina Administrativa Auxiliar del IMSS que corresponda al domicilio particular del asegurado, en horario de 8:00 a 15:30 horas, de lunes a viernes.

    Para conocer cuál es la Subdelegación u Oficina Administrativa Auxiliar que le corresponde, puede acceder a la siguiente dirección de Internet: //imss.gob/prestacionesimss/

    ¿Cuáles son los requisitos?

    A. Presentar escrito libre en original y copia simple con la solicitud de trámite, indicando además la siguiente información:

    1. Nombre completo del trabajador.

    2. Número de Seguridad Social.

    3. Domicilio del trabajador.

    4. Nombre o denominación de los patrones con los que ha laborado.

    5. Período laborado con cada uno de los patrones.

    6. Entidad Federativa en la cual se encuentran los patrones con los que ha laborado el trabajador.

    7. Firma del trabajador.

    B. Presentar en original (para cotejo) copia simple (que el Instituto conservará) los siguientes documentos:

    1. Avisos afiliatorios que comprueben su registro en el IMSS.

    C. Presentar en original los siguientes documentos:

    1. Identificación oficial del solicitante con fotografía y firma; cualquiera de las siguientes: credencial para votar del Instituto Federal Electoral, pasaporte vigente, cartilla del Servicio Militar Nacional o cédula profesional.

    IMSS-02-056 Solicitud de aclaración de semanas cotizadas en el IMSS Página 1 de 3

    ¿Qué respuesta se obtiene y en qué plazo?

    El Instituto dará respuesta al solicitante en un plazo máximo de tres meses posteriores a la recepción de la solicitud.

    Información complementaria

    La información que se proporciona al trabajador como resultado de una solicitud de aclaración, es definitiva, sea cual fuere el resultado aún cuando el resultado sea menor o mayor al inicial.

    El número de semanas que se informen serán aquellas con que cuente el asegurado hasta la fecha de la baja o de la solicitud de aclaración si se encuentra vigente.

    En caso que el asegurado cuente con las semanas necesarias para efectuar el trámite de una pensión, deberá efectuar su solicitud en el Control de Prestaciones de la Unidad de Medicina Familiar de su adscripción.

    Con base en la documentación que proporciona el patrón al Instituto, éste alimenta su base de datos o a través de la información que le otorgan las Áreas de Fiscalización, de acuerdo al resultado de las visitas efectuadas a las empresas involucradas, por lo que en caso de no haber sido registrado el trabajador por su o sus patrones y el número de semanas cotizadas que pretende el trabajador se le reconozcan no corresponde a lo informado por el Instituto, el trabajador deberá presentar una denuncia ante el Área Fiscalizadora del IMSS en contra del patrón que no efectuó su registro a través del trámite IMSS-02-018, denominado: Denuncia en contra del patrón o sujeto obligado, por el trabajador, beneficiario o persona encargada de representarlo, en caso de accidente o enfermedad de trabajo, omisión de inscripción, reporte de salarios reales percibidos o rectificación de fecha de ingreso.

    La documentación solicitada no deberá contener borraduras, tachaduras o enmendaduras.

    Se sancionará el obtener, así como el propiciar su obtención, de los seguros, prestaciones y servicios que la Ley del Seguro Social establece, mediante cualquier engaño o aprovechamiento de error, ya sea en virtud de simulación, sustitución de personas o cualquier otro acto, en términos del artículo 314 de dicho ordenamiento.

     

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    ¿Dónde se puede obtener más información? Centro de Contacto IMSS (CCIMSS). Llame al 01 800 623 23 23 en horario continuo de 8:00 a 23:00 horas, de lunes a viernes en días hábiles y de 8:00 a 18:00 horas (horario del centro de México) en fines de semana y días inhábiles.



  • Autor
    Respuesta No: 257371

  • wofito2088
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    yY con todo respeto para el forista que asegura que es igual tener 1,000 o  1,100  o 1,600 semanas cotizadas, le sugiero que no mal informe a los consultantes ya que el número de semanas cotizadas es fundamental para diferencia en el monto de pensiones.



  • Autor
    Respuesta No: 257434

  • Antonio
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lic Wofito2088 .-        Gracias por su clara respuesta que nos servira a los que estamos en este caso



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