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  • Consulta : 139437
  • Autor : ino_28_NR
  • Publicado : Martes 21 de Febrero de 2012 19:33 desde la IP: 189.254.100.9
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,075
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  • Autor
    Consulta

  • ino_28_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    Buenas tardes, tengo la siguiente duda: tengo una sentencia de amparo en materia familiar en el que se establece el regimen de convivencia de una menor de 3 años y texutalmente dice: la menor y su progenitor conviviran todos los dias martes y miercoles de las 18:00 horas y hasta las 20:30 horas...convivencia que deberá en el domicilio de los abuelos maternos de la menor...", mi duda es la siguiente: la convivencia tiene que ser forzosamente en el interior de dicho domicilio??, yo considero que no, espero puedan auxiliarme gracias

     

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