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NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO

  • Consulta : 139374
  • Autor : lawyer.nym_NR
  • Publicado : Martes 21 de Febrero de 2012 13:28 desde la IP: 189.191.134.132
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,131
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  • Autor
    Consulta

  • lawyer.nym_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Estado de México

    Buenas tardes a todos quisiera que aclararan una duda que tengo por favor la situacion es la siguiente, tengo un cliente al que lo demandadron por la via ejecutiva mercantil por diversas razones el señor no contesto la demanda y  todo el proceso se fue en rebeldia, al mometo de requerirle del pago el señor no espero al ejecutor y su esposa supuestamente señalo el bien inmueble en el que se actuo, la señora solo firmo el instructivo de notificacion, pero la razon del ejecutor no la firmo y en esta es donde contiene el señalamiento del bien para el pago, el problema es que la señora no firmo esta razon, ahora yo quiero promover la nulidad de juicio concluido por fraudulento, pero existe un amparo indirecto contra el juez aquo promovido por el actor, el acto reclamado es que el juez dice que la almoneda no se preparo debidamente y hasta que se subsanen los vicios de los edictos se estara a acordar de favorable, mi pregunta es la siguiente ¿puedo promover el juicio de nulidad de juicio concluido aun y que esta pendiente el amparo indirecto? ¿puedo pedir el sobreseimiento del amparo? por favor instruyanme !

     

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  • Autor
    Respuesta No: 255363

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No creo que sea viable la acción de nulidad de juicio concluido en un caso como el que cita, a menos que previamente se demuestre que existió colusión de la contraparte con u tercero para perjudicarlo, hipótesis improbable y bastante difícil de acreditar. Le recomiendo ampliamente asesorarse o respaldarse con un abogado competente y profesional antes de cualquier acción dentro del juicio, pues a estas alturas, son pocas las medidas efectivas que pueden hacerse valer y muchas las posibilidades de que las eche a perder, por impericia o por inexperiencia. 

    Mi oficina se dedica a "levantar muertos" y creo que su caso es uno de ellos. Si está Usted interesado con gusto le doy mi opinión, sin nongún compromiso, sobre las alternativas reales con que cuenta su cliente para recuperarse del inminente remate y desposesión del inmueble. Para ello se hace necesario que me envíe copia de todo lo actuado en el juicio. Mis datos los encontrará pulsando en el ícono del maletín.

    Saludos cordiales.



  • Autor
    Respuesta No: 255365

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    una vez emplazado... no hay materia parab el incidente de nulidad de juicio concluido... tan simple como eso... te dieron la oportunidad de contestar... de oponerte y hasta de pagar.... la ley es clara... si no esperas el citatorio... el emplazamiento es firme... podran decir que el embargo no lo es... pero tan simple... se señalan en este acto el inmueble con la copia de la escritura y el certificado de gravamenes y con eso...



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