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PEDEN EMBARGARME Y METERME A PRISION POR NO PAGAR UN CREDITO FISCA?
- Consulta : 137341
- Autor : alimentos.selectos_NR
- Publicado : Miércoles 01 de Febrero de 2012 11:33 desde la IP: 189.217.172.126
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,081
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 01 de Febrero de 2012
Estado de Referencia: Distrito Federal
alguien me pordia asesorar si tengo un credito fiscal qu opciones tengo para arreglarlo?
me llego un documento de hacienda informandome q en 2009 tuve depositos por 580mil pesos y que tengo que pagar ciento treintaytantosmil pesos y me ponen el otatal o dividido en seis pagos con sus respectivos recargos si lo hago a credito.
en la carta me informa q me inscriba al sat por q de tecto q no estoy inscrito.
pero yo n 2009 me inscribi y tengo una cuenta fiscal. pero de donde recibi esa cantidad no es fiscal es personal.
le hable al contador q llevaba mis papeles y practicamente se lavo las manoy y me dijo q metio las declaraciones en cero por q no tenia muchos movimiento y qu si recibi ese dinero en otra cuenta personal auque haya sido prestamo olo que sea iba ver qu se podia hacer y ahora no me contesta mis llamadas.
que puedo hacer si temo a q me puedan embargar mi casa y me pueden meter a prision?
como puedo solucionar esto?
MAR SALAZAR.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 253101
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Febrero de 2012 12:07 2012-02-01 12:07 desde IP: 201.114.39.86
Mar Salazar;
en concreto a tu primer pregunta, las opciones primera pagarlo, segunda presentar declaracion complementaria a el sat, debes de demostrar el origen de esos recursos y el porque no fueron depositados en la cuenta fiscal de tu negocio (si fueron por actividad empresarial del mismo), ya que si son producto de depositos de la actividad empresarial se debio de declarar ese ingreso y hacer los ajustes correspondientes del impuesto de los depositos en efectivo y demas contabilidad (debe de hacerlo un contador registrado ante la autoridad fiscal.
a tu ultima pregunta, la autoridad fiscal puede recurrir a los recursos que establece la ley en la materia, sin enbargo te requiere primero a que contestes el requerimiento , de no hacerlo puede hacer mas.
saludos.
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Autor
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AutorRespuesta No: 253105
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Febrero de 2012 12:19 2012-02-01 12:19 desde IP: 201.102.182.209
Si se agota el procedimiento económico coactivo y Usted insiste en no cubrir el importe de los créditos fiscales que le finquen: Impuestos, actualizaciones, recargos y gastos de ejecución, el SAT puede dar vista a la Procuraduría Fiscal y mediante ello podría en un extremo ejercitarse acción penal en su contra por el delito de evasión fiscal. Como Usted son varios los contribuyentes y personas no inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes que están recibiendo esta carta invitación. Tenemos nosostros una estrategia fiscal que está dando resultado y sobre todo otorgando tranquilidad a nuestros clientes, en nuestra ofician virtual podrá encontrar las formas de contacto con mucho gusto estamos para servirle.
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Autor
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AutorRespuesta No: 253134
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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Febrero de 2012 14:49 2012-02-01 14:49 desde IP: 189.183.234.82
El Servicio de Administración Tributaria S.A.T. ha estado invitando a multiples Personas Físicas, Registrados ante el propio organismo, como aquellos que no estan registrados, con Cartas Invitación sobre los depositos en cuentas bancarias en diversas Instituciones bancarias por el año de 2009, en donde aquellas personas que efectuaron depositos y al parecer no han declarado al fisco, ningun tipo de impuesto en este caso Impuesto Sobre la Renta (I.S.R.), a que efectuen el pago antes del 31 de marzo de 2012.
Ahora bien es solo una invitación a la cual puede o no hacerle caso, eso depende de usted. No es un Crédito Fiscal ya determinado, lea bien el documento.
Ahora bien si esta registrado y declaro en ceros, como lo expone en su pregunta y varios de los depositos bancarios que usted realizo en 2009, corresonden a Ingresos propios de su actividad preponderante, es decir a lo que usted se dedica, es conveniente que presente delcaraciones complementarias tanto de pagos provisionales, como informativas, y por supuesto de su declaración anual.
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Autor
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AutorRespuesta No: 253341
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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Febrero de 2012 21:33 2012-02-02 21:33 desde IP: 189.217.162.109
QUE ES LO QUE MAS ME CONVIENE HACER?
NO CUENTO CON EL PAGO QUE ME PIDE DE CADA MES ES MUCHISIMO!
PUEDO PONER EN GARANTIA MI CASA?
COMO PUEDO RECUPERAR LAS DECLARACIONES QUE SE REALIZARON SI NO LAS TENGO
QUE PASA SI NO PAGO EN LAS FECHAS Q YA ME HAN SEÑALADO
EN CUANTO TIEMPO PRESCRIBE Y APARTIR DE QUE FECHA YA QUE SOLO TUVE ACTIVIDAD DURANTE EL 2009 Y ESE DEPOSITO NO FUE POR EL GIRO QUE REALIZABA?
DE CUANTO ES LA MULTA POR METER LAS DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS.
ES CIERTO QUE SI REACTIVO MI ACTIVIDAD Y SALGO CON SALDO A FAVOR NO ES NECESARIO REALIZAR ESTE PAGO?
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Autor
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AutorRespuesta No: 253360
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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Febrero de 2012 00:00 2012-02-03 00:00 desde IP: 201.141.57.27
En cuanto a la evasión fiscal está prescrito el delito y no lo pueden procesar. Por otra parte menciona que tiene un crédito fiscal, sin embargo se contrapone con lo que menciona en su consulta ya que dice que en la carta le solicitan se dé de alta ante el SAT, y si no está activo es obvio que no puede existir un crédito fiscal. Lo que Usted recibió es una invitación, misma que no genera obligación alguna para ninguna de la partes. Lo más recomendable es que contrate a un Contador de verdad para que regularice su situáción contable, ya que tratándose de sólo una invitación, está en tiempo de que el Contador lo dé de alta y realice las declaraciones extemporáneas pero voluntarias y sus correspondientes deducciones.
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