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ASOCIACIóN CIVIL
- Consulta : 136875
- Autor : raymundo_corrales50_NR
- Publicado : Viernes 27 de Enero de 2012 19:56 desde la IP: 189.236.222.224
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,076
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 27 de Enero de 2012
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 252681
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Fecha de respuesta: Viernes 27 de Enero de 2012 20:23 2012-01-27 20:23 desde IP: 187.144.52.102
la que vale es la que esta registrada....la otra si usa el nombre... y no tiene prmiso d ela que esta registrada... puede ser demandada...y tus 15 años... noi sirven de nada... lo que cuenta es el registro....habra quien ete diga que puedes demandar la nulidad del registro... desde luegi que si... lo vas a perder... porque ese reclamo tiemne una vigencia de 30 dias y estos ya tienn 4 años...
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