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COMO DIVIDIR COPROPIEDAD

  • Consulta : 134959
  • Autor : OSCARMIRANDAH
  • Publicado : Martes 10 de Enero de 2012 20:00 desde la IP: 24.84.97.104
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,080
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  • Autor
    Consulta

  • OSCARMIRANDAH
    USUARIO REGISTRADO

    Que tal amigos, por favor alguien que me brinde informacion con respecto a una propiedad que mi madre dejo al fallecer, los beneficiarios (asi lo estipula los documentos de propiedad) somos cuatro hijos mayores de edad, el terreno es de casi 500 metros cuadrados y los cuatro construimos una casa en cada esquina, ahora uno de mis hermanos esta proponiendo o casi exigiendo que vayamos a buscar ayuda legal y obetener cada quien su propio titulo de propiedad, ya que segun el, se preocupa por el futuro y quiere heredar a sus hijos una propiedad que le pertenciere, La pregunta es si es posible realizar este tramite aun cuando cada porcion de terreno que estamos ocupando cada hijo no es muy grande aprox 10 mts x 11 mts cuadrados. gracias de antemano por informarme de los procedimientos, la propiedad total ya fue pagada al fideicomiso estatal pero aun y poseemos la carta de no adeudo con la que se tramita la escritura, pero el hermano inconforme no quiere obtener ese titulo de propiedad del terreno total porque alega que quiere que obtengamos cada uno de los cuatro el propio titulo de propiedad, es esto posible? Graciasy saludos.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 251016

  • FAUSTO LUNA
    NO REGISTRADO

    Desde mi punto de vista si es posible mediante juicio de divison de cosa comun, en el cual se solicite al juez, que cada copropietario obhtenga su porcentaje correspondiente.

    DIVISIÓN DE LA COSA COMÚN. CUANDO ESE DERECHO NO ES CUESTIONADO POR LAS PARTES Y SE OPTA POR EJERCERLO JUDICIALMENTE, DEBE SUSTANCIARSE CONFORME AL PROCEDIMIENTO DERIVADO DE LA PARTICIÓN HEREDITARIA Y NO POR LA VÍA ORDINARIA CIVIL (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

     

    El artículo 748 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, vigente hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil cuatro, establece los procedimientos y reglas a seguir, cuando el derecho a la división no es cuestionado por las partes, ya que textualmente prevé: "Si el derecho a la división no es cuestionado por las partes, ésta podrá hacerse: I. Judicialmente, siguiendo las reglas establecidas para la partición hereditaria; II. Extrajudicialmente ante notario; o III. Ante un partidor que de común acuerdo designen las partes.". En ese contexto, cuando se opta por ejercerlo judicialmente, es indiscutible que debe sustanciarse en términos de los cánones derivados de la partición hereditaria, inmersos en los numerales 1420 a 1454 del mencionado enjuiciamiento civil, puesto que esa fue la intención del legislador al establecer un procedimiento especial para su obtención. Por tanto, de ninguna manera resulta procedente la vía ordinaria civil.

     

    PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

     

    VI.1o.C.105 C

     

    Amparo directo 29/2007. Julieta Priede Camargo. 23 de febrero de 2007. Mayoría de votos. Disidente: Eric Roberto Santos Partido. Ponente: Rosa María Temblador Vidrio. Secretaria: Laura Elizabeth Baltazar Cedeño.

     

    Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca. Tomo XXVI, Julio de 2007. Pág. 2491. Tesis Aislada.



  • Autor
    Respuesta No: 251017

  • tulio_ciceron
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Manda al carajo a tu hermano.

    Primero obtendrás la escritura del predio que te dejó tu madre (500 mts. cuadrados); despuésde eso tendrán que liquidar la copropiedad, mediante juicio.

    Si él quiere, podrá heredar su parte alícuota de la copropiedad (25%); en caso contrario, previa escrituración, tendrá que demandarte a tí y a tus hermanos la liquidación de la copropiedad. Así de simple.

    No le cumplas un capricho. "Si quiere azul celeste, que le cueste."

    Saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 251276

  • OSCARMIRANDAH
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muchas gracias por su valiosa informacion y tiempo, el hermano inconforme alega que el quiere su fraccion a como de lugar pero no se hace responsable por los costos que esto confiere, los 3 hermanos restantes estamos de acuerdo en dividir los costos siempre y cuando cada uno obtenga su 25% del bien inmueble.aunque no tengo idea de como es el procedimeinto en el estado de Guerrero y sinceramente hay cierto temor que el nos desaloje porque posee todos los documentos en su poder. gracias! buen dia.



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