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RENUNCIA VOLUNTARIA

  • Consulta : 134298
  • Autor : gabriel.pinales_NR
  • Publicado : Miércoles 04 de Enero de 2012 08:00 desde la IP: 201.172.110.116
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,070
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  • Autor
    Consulta

  • gabriel.pinales_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    buenos dias me llamo gabriel y  quisiera saber si es legal que la empresa donde yo laboro hacen firmar una carta de renuncia voluntaria a los trabajadores que quieren despedir eso es legal ya que segun yo al despedirlos les toca una indemnizacion menor a la que les dan cuando ellos firman la renuncia voluntaria, les hago esta pregunta ya que yo me quiero salir de trabajar de ahi ya tengo 3 años de antiguedad y quisera que me llegara mi indemizacion completa. 

     

    espero su pronta respuesta gracias 

     

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  • Autor
    Respuesta No: 250302

  • lic. labor
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Pues no, no es legal pero si firmaste, en juicio ellos como prueba pueden exhibir la renuncia firmada y aveces con la leyenda que diga que recibiste finiquito...no debiste de haber firmado nada de renuncia

    ahora si no es el caso que el documento diga que firmaste finiquito unicamente corresponde que te den lo siguiente

    VACACIONES (Si no las has disfrutado) a razón de 10 dias por los 3 años que tienes

    PRIMA VACACIONAL del 25% de los 10 dias igualmente si no las has disfrutado.

    AGUINALDO PROPORCIONAL el aguinaldo se paga de enero a diciembre, supongo que ya te dieron el correspondeinte al 2011 asi que unicamente comaras los dias que transcurran desde el 1 de enero del 2012 a la fecha de la renuncia, la ley señala un minimo de 15 dias por año.el factor para que calcules es 1.25 por mes, 0.04 por dia eso lo multiplicas por el salario diario que percibas y considerando los meses y dias.

    y es todo lo que te tienen que dar por una renuncia a diferencia si fuera despido ijustificado, agregarias a las anteriores prestaciones la de indemnizacion constitucional consistente en 90 dias de salario y la prima de antiguedad a razón de 12 dias por año trabajado considerando que si tu salario diario excede el doble del minimo de la zona donde trabajes, esta cantidad para el calculo se adecuara al doble del salario minimo ese es el tope, bueno saludos y suerte.



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