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INICIO DE MI DIVORCIO
- Consulta : 133613
- Autor : avasolo
- Publicado : Viernes 23 de Diciembre de 2011 23:55 desde la IP: 189.220.253.77
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,242
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 23 de Diciembre de 2011
BUENAS NOCHES ABOGADOS:
SOY DEL EDO. DE VERACRUZ, LES PIDO ME PUEDAN ORIENTAR, EN CUANTO A MI DIVORCIO, TENGO MUCHAS DUDAS,
MI CASO ESTÁ ASI:
MI ESPOSA YA NO VIVE CONMIGO DESDE HACE 3 SEMANAS, ELLA TRABAJA, TENEMOS UN NIÑO DE 4 AÑOS, NOS CASAMOS POR BIENES MANCOMUNADOS, ME PIDIO EL DIVORCIO Y AMBOS ESTAMOS DE ACUERDO Y NO QUEREMOS TOMAR VENGANZA EL UNO CONTRA EL OTRO.
MIS DUDAS SON:
1. ELLA QUIERE QUE SE LE QUEDE LA PATRIA POTESTAD DE MI HIJO, QUIERO SABER SI AL ACCEDER YO PUEDO DISPONER DE MI HIJO LAS VECES QUE YO QUIERA, INCLUSO QUE SE DUERMA ALGUNOS DIAS CONMIGO.
2. LE DEBO DAR UNA PENSION PARA MI HIJO? O TAMBIEN PARA ELLA? Y DE CUANTO ES LA PENSION?.
3. EN CUANTO A LOS BIENES QUE TENEMOS, ELLA DE PALABRA ACORDÓ EN NO LLEVARSE NADA DE MUEBLES, MI PREGUNTA ES SI AUN ASÍ EL JUEZ ME PUEDE OBLIGAR A DARLE LA MITAD DE LO QUE TENEMOS.
ESTAS SON ALGUNAS DE LAS PREGUNTAS QUE TENGO,
DE ANTEMANO LES AGRADEZCO LA INFORMACIÓN
SALUDOS!
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 249165
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Diciembre de 2011 00:13 2011-12-24 00:13 desde IP: 201.145.161.252
HOLA
1. ELLA QUIERE QUE SE LE QUEDE LA PATRIA POTESTAD DE MI HIJO, QUIERO SABER SI AL ACCEDER YO PUEDO DISPONER DE MI HIJO LAS VECES QUE YO QUIERA, INCLUSO QUE SE DUERMA ALGUNOS DIAS CONMIGO.
BUENO, PRIMERO HAY QUE TENER EN CUENTA QUE NO ES LO MISMO LA PATRIA POTESTAD Y LA GUARDA Y CUSTODIA, LA PATRIA POTESTAD LA TIENEN LOS DOS, POR EL SOLO HECHO DE SER LOS PROGENITORES, LO QUE SE DEBE DE DETERMINAR ANTE UN JUZGADO QUIEN DE LOS DOS PADRES TENDRA LA GUARDA Y CUSTODIA.
EL PADRE QUE NO TENGA LA CUSTODIA, TENDRA EL DERECHO DE CONVIVIR CON EL MENOR.
2. LE DEBO DAR UNA PENSION PARA MI HIJO? O TAMBIEN PARA ELLA? Y DE CUANTO ES LA PENSION?.
COMO MENCIONAS QUE LOS DOS ESTAN DE ACUERDO DE LLEVAR A ACABO SU DIVORCIO , ENTONCES LO PROCEDENTE ES EL DIVORCIO VOLUNTARIO, EN ESTE TIPO DE DIVORCIO TENDRAN QUE EXHIBIR UN CONVENIO, EN EL CONVENIO SE DEBE DE PACTAR CUANTO DEBERAS DE PROPORCIONAR AL MENOR Y EN CASO TAMBIEN SE PUEDE PACTAR ALIMENTOS PARA LA MADRE, SIEMPRE Y CUANDO LOS DOS ESTEN DE ACUERDO, POR ESO ES DIVORCIO VOLUNTARIO DE COMUN ACUERDO.
LO QUE SI NO PUEDES DEJAR DE SUMINISTRAR ES LA PENSION DEL MENOR
3. EN CUANTO A LOS BIENES QUE TENEMOS, ELLA DE PALABRA ACORDÓ EN NO LLEVARSE NADA DE MUEBLES, MI PREGUNTA ES SI AUN ASÍ EL JUEZ ME PUEDE OBLIGAR A DARLE LA MITAD DE LO QUE TENEMOS.
COMO TE LO REPITO ES DE COMUN DE ACUERDO, USTEDES TIENEN QUE EXHIBIR EL CONVENIO Y EN EL CONVENIO SE DEBE DE PACTAR LA FORMA DE LIQUIDAR LA SOCIEDAD CONYUGAL. SALUDOS
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Autor
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AutorRespuesta No: 249167
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Diciembre de 2011 02:13 2011-12-24 02:13 desde IP: 201.157.6.88
Como comenta el forista cerillo wmw , es necesario llevar a cabo un divorcio voluntario o por mutuo, si ambos están de acuerdo es conveniente elaborar un convenio y firmarlo ambos, para determinar la custodia del menor. En cuanto a los alimentos del menor (que incluye alimentación, educación, vestido, recreación entre otras cosas) es obligación de los padres proporcionarlo, ahí también es necesario fijar cantidades, porque las cosas cambian con el tiempo y en todo lo demás, igualmente ponerse de acuerdo, mientras no haya litis o pleito, el proceso es mas rápido y más económico.
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Autor
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AutorRespuesta No: 249203
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Diciembre de 2011 11:25 2011-12-25 11:25 desde IP: 187.194.32.77
1. ELLA QUIERE QUE SE LE QUEDE LA PATRIA POTESTAD DE MI HIJO, QUIERO SABER SI AL ACCEDER YO PUEDO DISPONER DE MI HIJO LAS VECES QUE YO QUIERA, INCLUSO QUE SE DUERMA ALGUNOS DIAS CONMIGO.
La patria potestad es underecho que nace al momento de dar a luz la madre y en el padfre cuando da el reconocimiento ante el registro civil; debes referirte a la guarda y custodia; disponer de una cosa es hacer uso, goce y disfrute de la misma, los hijos no estan en dispociòn de los padres, no son animales ni cosas.
Los derechos de convivencia se pueden oactar, o se pueden demandar.
2. LE DEBO DAR UNA PENSION PARA MI HIJO? O TAMBIEN PARA ELLA? Y DE CUANTO ES LA PENSION?.
Al hijo, desde luego que debes darle pensiòn, a ella no si es que trabaja; el monto varia y es a criterio del juez, y oscila entre el 10% y el 20% para cada uno.
3. EN CUANTO A LOS BIENES QUE TENEMOS, ELLA DE PALABRA ACORDÓ EN NO LLEVARSE NADA DE MUEBLES, MI PREGUNTA ES SI AUN ASÍ EL JUEZ ME PUEDE OBLIGAR A DARLE LA MITAD DE LO QUE TENEMOS.
De palabra?, esao es una tonteria muy comun, si tu crees en ella, es tu problema, pero si ella ante un juez solicita la liquidaciòn de los bienes, le corresponde a ella el 50%, de palabra, nada.
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Autor
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AutorRespuesta No: 249280
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Diciembre de 2011 22:22 2011-12-25 22:22 desde IP: 189.220.253.77
de antemano les agradezco sus respuestas,
Ahora, mi siguiente pregunta es:
Ella, hace como 7 meses me fué infiel al grado de tener relaciones sexuales, yo sé quien es él y demás; de ahí se empezaron a derivar nuestros problemas, en este momento ella me pide que no mencione eso, mi pregunta es:
Si menciono su infidelidad, yo tendría mas posibilidades de tener la custodia de mi hijo? aun así le tendría que dar alguna pensión a ella o algo así?
Gracias por sus respuestas.
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Autor
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AutorRespuesta No: 249283
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Diciembre de 2011 22:36 2011-12-25 22:36 desde IP: 200.76.90.248
Mira aunado a lo que te comentaron los colegas, es preciso que tengas en cuenta que si desea divorciarte por mutuo consentimiento, para que requieres hacer mencion de lo ocurrido, lo que deben de hacer que junto con la solicitud de divorcio deberan anexar acta de matrimonio, acta de nacimiento de los hijso, y convenio en este ultimo deberan expresar a quien le correspondera la guarda y custodia, los dias y horas de visitas para el conyuge que no tenga la guarda y custodia, la cantidad que proporcinaras de alimentos, asi como la forma de garntizarla por el termino que establezca la ley de tu entidad. La forma de liquidar la sociedad, en el mismo puede poner que no adquirieron bienes de valor y por ello no se liquida la sociedad, ademas del domicilio que servira para los conyuges y los hijos tanto dure el procedimeinto como despues de terminado el mismo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 249448
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Diciembre de 2011 12:44 2011-12-27 12:44 desde IP: 189.129.194.135
HOLA:
COINCIDO CON LOS FORISTAS ANTERIORES, EN RELACION A QUE SI PRETENDEN INTENTAR UN DIVORCIO DE COMUN ACUERDO, LO TIENEN QUE PACTAR EN LOS MEJORES TERMINOS PARA AMBOS, PORQUE DONDE ALQUIEN CAMBIE DE PARECER, YA NO SE DARA EL DE COMUN ACUERDO, DANDO PASO A UN TRAMITE JUDICIAL DE DIVORCIO NECESARIO. EN RELACION A LA CONVVIVENCIA, ES UN PUNTO QUE DEBEN PLANEAR Y ESTABLECER EN EL CONVENIO, LA PATRIA POTESTAD SIGUEN TENIENDOLA AMBOS, Y LOS ALIMENTOS COMO LA CONVIVENCIA CON AMBOS SON DERECHOS DEL MENOR IRRENUNCIABLES. POR LO QUE RESPECTA A LOS BIENES DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, COMPRENDE LOS ADQUIRIDOS DURANTE EL MATRIMONIO Y DE IGUAL FORMA DEBERAN REPARTIRLOS DE COMUN ACUERDO. . . .SUERTE . . . CUALQUIER COSA ME REITERO A TUS ORDENES, EN XALAPA, VER. CORREO JGLEZ_9 (ARROBA ) HOT MAIL PUNTO COM
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Autor
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AutorRespuesta No: 249510
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Fecha de respuesta: Martes 27 de Diciembre de 2011 20:36 2011-12-27 20:36 desde IP: 187.144.51.227
no te beneficia en lo mas minimo presumir los cuernos... te los hayan pustgo..los tengas... los uses... no le vas a quitar la custodia de tus hijos a la madre... eso ya es cosa mas que ensayada y la ley y el criterio de la corte asi lo menconan...
saludos a los colegas y feliz año nuevo...
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Autor
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AutorRespuesta No: 251398
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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Enero de 2012 04:03 2012-01-14 04:03 desde IP: 201.141.87.24
border="0" cellpadding="0" cellspacing="0" width="100%">Detalle del registro
Número de Cédula: 3370612 Nombre: JULIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ Género: HOMBRE Profesión: LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS Año de expedición: 2001 Institución: UNIVERSIDAD VERACRUZANA Tipo: C1 -
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