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LEVANTAN FALSOS
- Consulta : 133611
- Autor : s.k.y.10_NR
- Publicado : Viernes 23 de Diciembre de 2011 23:17 desde la IP: 189.202.67.104
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,241
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 23 de Diciembre de 2011
Estado de Referencia: Yucatán
mi pregunta es: se puede poner una demanda contra alguien que :
1,. levanta falsos ( inventa cosas contra alguien para hacerla quedar mal),
2,. hace llamadas telefonicas molestosas a casa
3., manda mensajes groseros y amenazantes a celular
4.- y hasta ha venido a molestar a la casa , diciendole a vecinos que es pariente de uno para ver que informacion saca.se puede demandar o puede uno protegerse de una persona asi?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 249286
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Diciembre de 2011 23:11 2011-12-25 23:11 desde IP: 201.141.201.200
Según el artículo 1916 del código civil federal lo que usted mencionó en el punto 1 entiendo que epuede ser daño moral, y la persona está obligada (en caso de ser demandada y perder la demanda) a reparar el daño, por ejemplo con una disculpa pública, con una indemnización, etc, pero le sugiero evaluar ¿vale demandar o simplemente ignorar sus comentarios? No lo sé, no sé que tanto le puedan o no afectar a usted.
Le cito el artículo 1916 del código civil federal:
Artículo 1916.- Por daño moral se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos,afectos, creencias, decoro, honor, reación, vida privada, configuración y aspecto físicos, o bien en laconsideración que de sí misma tienen los demás. Se presumirá que hubo daño moral cuando se vulnereo menoscabe ilegítimamente la libertad o la integridad física o psíquica de las personas.Cuando un hecho u omisión ilícitos produzcan un daño moral, el responsable del mismo tendrá laobligación de repararlo mediante una indemnización en dinero, con independencia de que se hayacausado daño material, tanto en responsabilidad contractual como extracontractual. Igual obligación dereparar el daño moral tendrá quien incurra en responsabilidad objetiva conforme a los artículo 1913, asícomo el -
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