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RENTERO

  • Consulta : 131120
  • Autor : kasvamp_NR
  • Publicado : Martes 22 de Noviembre de 2011 13:37 desde la IP: 201.141.196.141
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,084
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  • Autor
    Consulta

  • kasvamp_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    ya tengo 8 meses rentando un departamento...y el rentero me habla que va a mostrar el departamento don de estoy viviendo que por que lo va a vender... si el contrato de renta dura 1 año .. mi pregunta es se le puede aplicar una multa o  por incumplimiento de contrato al rentero

     

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  • Autor
    Respuesta No: 245984

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    su arrendador "(rentero)", debio haberle ofrecido a usted el inmueble para su venta, de no hacerlo así antes de ofrecerlo en venta por diverso medio, si esta violando su Derecho, ahora bien si se lo ofrecio y a usted no le interesa, es desición suya permitirle la muestra o no; en diferimiento con Garovalo esa no es su casa ya que no alquilo un derecho de propiedad, osea no paga renta para ser propietario momentaneamente, lo cierto es que usted es el poseedor del inmueble en calidad de arrendatario.

    Lea el contrato para el caso de resición anticipada, y en caso de que le requieran la entrega antes de tiempo lo deberán indemnizar por la cantidad pactada. Saludos...

    Consulte a su Abogado.



  • Autor
    Respuesta No: 245987

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tenia que ser diegonosabes....

    si hay un arrenmdamiento... la casa es suya por el termino del arrendamiento... con las libertades que el contrato le de y con las negativas que el contrato le de...

    no tiene obligación de permitir mostrar la casa... si el contrato no esta vencido ...o se ha rescindido legalmente...o aparece en ese texto que  hay esa volitud de hacer venta del inmueble y por lo mismo...acuerdan que le permitira el paso para la muestra...

    mientras dure el contrato... es su casa y cualquier impedimento al uso de la misma... se castiga con el delito de despojo...

    ignorante como siempre diego... tan simple como leer el capitulo de arrendamiento del código de tu localidad... y preguntarle al mp..sobre el delito de despojo por arrendador...



  • Autor
    Respuesta No: 245997

  • Lic.DiegoGonzalez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    NO, NO Y NO, esa casa no es ni será del consultante mi Garavato, a no menos que adquiera los derechos de propiedad mediante la compra, ya que la renta de un inmueble no te da derechos de propietario, solo de poseedor y nadamas, ahora yo no dije que fuera obligación mostrar la casa, yo dije que era su desición hacerlo o no, y aquello tocante al despojo ni quien te lo discuta, por lo que no me es necesario leer nuevamente el capitulo de arrendamiento.

    Saludos Garovalo.



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