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JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL
- Consulta : 130301
- Autor : isabelreyes
- Publicado : Sábado 12 de Noviembre de 2011 09:20 desde la IP: 189.142.253.27
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,143
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 12 de Noviembre de 2011
hola mi nombre es isabel mi pregunta es demande a una persona a la cual le preste una cantidad de dinero esta me firmo un pagare se negaba a pagarla cuando mi abogada la embargo le exibio dinero ese dinero es la misma cantidad de la deuda principal sin intereses ella le entrego un recibo de pago y ahora me dice mi abogada que el recibo de pago no decia que era para pagar intereses y que ya no se pueden cobrar intereses mi pregunta es cierto esto o de que forma puedo hacer que me pague el interes por que ese dinero se lo preste hace dos años y quiero saber si aun puedo cobrarle interes
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 244920
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Noviembre de 2011 11:30 2011-11-12 11:30 desde IP: 189.177.54.193
buenos dias creo que desfortunadamente para ti deberias conformarte con aver recupèrado parte de la suerte principal pues muchas veces y que no me dejen mentir todos los abogados que asisten a este foro NO SE RECUPERA NI LA SUERTE PRINCIPAL, maxime si la abogada suscribio un desistimiento en favor de la parte demandada.
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Autor
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AutorRespuesta No: 245016
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Noviembre de 2011 23:21 2011-11-12 23:21 desde IP: 187.194.52.136
si se dio por pagada de la deuda... con ese solo hecho... ya acabo l juicio...
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Autor
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AutorRespuesta No: 245020
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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Noviembre de 2011 23:31 2011-11-12 23:31 desde IP: 189.237.87.58
Buenas noches, a todos los que visitan el foro; me permito darle respuesta a su consulta, en efecto concuerdo con los compañeros que le han brindado muy acertadamente su punto de vista; Pero en particular a su pregunta, le he de manifestar que cuando se recibe a cuenta un pago parcial o pago a cuenta de adeudo mercantil y este, es decir el recibo que se otorga no expresa textualmente que este será aplicado a abono a cuenta de intereses, se tomara como abono a capital, por lo cual se tendrá la cuenta finiquitada, pero dejando sin conseder, su abogado pudo recuperar su inversion principal, por lo cual el interes es un accesorio no el fondo del asunto.
a sus ordenes lagitana75
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AutorRespuesta No: 246959
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Diciembre de 2011 01:09 2011-12-03 01:09 desde IP: 201.152.75.210
si ese recibo de pago la demandada no lo exhibe en el juicio, quiza como prueba superviniente aun cuando realmente haya pagado , en el juicio se le condenara por la cantidad total que se le demando, pues es a ella quien tiene que probar que ya pago, y si exhibe el recibo de pago, en la sentencia que dicte el juez unicamente la condenara a pagar los intereses pactados, si es que en el Juicio se reclamaron como accesorio de la suerte principal
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AutorRespuesta No: 246989
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Fecha de respuesta: Sábado 03 de Diciembre de 2011 14:22 2011-12-03 14:22 desde IP: 187.144.167.209
si aparece en el acta de embargo el pagi... ya pago... y no hay nada que hacer...
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