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INDEMNIZACION POR MUERTE DE TRABAJADOR... QUE HACER COMO PATRON?
- Consulta : 129128
- Autor : miriam_lbs_NR
- Publicado : Sábado 29 de Octubre de 2011 11:03 desde la IP: 189.144.98.214
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,108
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AutorConsulta
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Publicado el Sábado 29 de Octubre de 2011
Estado de Referencia: Nuevo León
Hola... cual es la indemnizacion que se debe realizar a los familiares de un trabajador que fallecio como consecuencia de un accidente de trabajo, y que documentos o tramites se deben realizar.
el trabajador tiene un mes que laboraba conmigo y por lo tanto un mes que se dio de alta en el imss
a quien le corresponde dar la indemnizacion.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 243513
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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Octubre de 2011 11:30 2011-10-29 11:30 desde IP: 189.162.156.243
solo el finiquito, y gastos funerarios,
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Autor
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AutorRespuesta No: 243529
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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Octubre de 2011 14:19 2011-10-29 14:19 desde IP: 148.240.80.34
En respuesta a su consulta, le informo.
En efecto, como lo señala el atinadamente el Licenciado Temilo, dado que usted lo tenía inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social como trabajador a su servicio, será dicha Institución la que deberá otorgar a las personas que acrediten tener derecho a ello, el pago de las pensiones de viudez, orfandad y ascendientes, pensión que es equivalente a la indemnización por muerte que se establece en la Ley Federal del Trabajo.
El Seguro Social, con independencia del tiempo que el trabajador haya estado prestando sus servicios y las semanas de cotización que hubiera tenido, está obligado a otorgar dichas pensiones.
En el caso del finiquito y gastos funerarios (dos meses de salario), los parientes del trabajador deberán tramitar angte la Junta de Conciliación y Arbitraje, antes de que usted haga el pago, la investigación por muerte del trabajador, acompañando las copias certificadas del Registro Civil que justifiquen el vínculo familiar que tenían con el finado, a efecto que la autoridad los declare beneficiarios legítimos, y en esas condiciones, solo a quien obtenga dicha declaración, le corresponderá el pago de la cantidad que resulte por dicho finiquito y gastos funerarios.
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