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ADEUDOS FISCALES POR TENENCIA
- Consulta : 128403
- Autor : JORGEBOLADO
- Publicado : Jueves 20 de Octubre de 2011 19:31 desde la IP: 201.144.150.66
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,115
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 20 de Octubre de 2011
A quien pueda asesorarme:
Ultimamente se han escuchado rumores en Ciudad Victoria Tamaulipas, que dicen que decomisaran los carros que deben tenencia; si bien es cierto que se que es un impuesto que se debe de pagar, no cuento en estos momentos con el recurso economico para solventar dicha deuda y me preocupa que me quieran quitar mi carro porque es mi vehiculo de trabajo. Que puedo hacer?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 242688
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Octubre de 2011 19:48 2011-10-20 19:48 desde IP: 201.173.157.231
Lo que realmente existe en el Gobierno de Tamaulipas es un programa para subsidiar los adeudos contraídos por tenencias durante ejercicios fiscales anteriores, inclusive están enviando comunicados personales a los domicilios de todos los deudores invitandolos a incluirse en este programa y subsanar sus rezagos, por lo que le recomiendo acuda a la oficina fiscal a solicitar la información sobre este programa, el cual tengo entendido se mantendrá vigente todo este año.
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AutorRespuesta No: 242700
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Octubre de 2011 21:47 2011-10-20 21:47 desde IP: 187.158.194.5
Estimado consultante:
El gobierno no puede hacer "decomisos" para cobrar o hacer efectivos adeudos por contribuciones fiscales.
Depende de la situación que guarde el proceso administrativo de ejecución, si ya existe embargo sobre el vehículo y Usted fue designado depositario, el acreedor fiscal puede proceder en cualquier momento a cambiar de depositario y requerirlo a Usted por la entrega del bien embargado.
En mi experiencia, todo estos casos se llevan con los pies por parte de los Departamentos de Ejecución de los Secretarías de Hacienda Estatales o de las Recaudaciones de Rentas, practicándose diligencias con todo tipo de vicios y errores que son combatibles muy facilmente por vía de amparo a través del cual se obtiene la suspensión de cualquier intento de desposesión y sin necesidad de otorgar garantía adicional porque el interés fiscal está de antemano garantizado con el embargo del vehiculo.
Si el juicio de amparo se lleva correctamente, la sentencia dejará sin efectos todo el procedimiento administrativo y en mi experiencia, la autoridad ya no insiste en el cobro y si insiste deberá iniciar un nuevo requerimiento de pago del impuesto o contribución omitida respecto del cual Usted tendrá 45 días hábiles para hacer el pago u oponerse al mismo por cualquier aspecto de fondo o forma que lesione sus derechos.
Consulte con un abogado de su confianza.
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