- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
JUICIO DE INTESTADO
- Consulta : 128268
- Autor : fsalinasgonzalez_NR
- Publicado : Miércoles 19 de Octubre de 2011 14:55 desde la IP: 200.94.69.186
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,137
-
AutorConsulta
-
Publicado el Miércoles 19 de Octubre de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Mis padres fallecieron instestados, se han promovido juicio de Intestado para cada uno de ellos, somos en total 6 hermanos, los cuales 5 ya repudiamos y ya salieron las sentencias de repudio y ha quedado uno de mis hermanos como albacea, pero el abogado nos dice que hace falta un documento, mis preguntas son: Que documento es el que hace falta?? y por otro lado ya tenemos un cliente para la compra del inmueble, de lo cual estamos todos de acuerdo en su venta, la siguente pregunta es Ya con las sentencias se puede realizar la venta de dicho inmueble o es muy necesario esperar a la emision del documento faltante??
En espera de sus comentarios, agradezco la asesoria a esta duda
-
AutorConsulta
Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí
-
AutorRespuesta No: 242558
-
Fecha de respuesta: Miércoles 19 de Octubre de 2011 16:28 2011-10-19 16:28 desde IP: 189.144.61.239
Estimado forista, aunque ya haya sentencia de aceptacion de herencia y el repudio por parte de sus hermanos, aun faltan 3 etapas, las cuales se p'ueden hacer en el juzgado o en su defecto en la notaria, esas son: la protocolizacion del inventario de los bienes, practicar el avaluo dle bien y adjudicar a favor del unico heredero el bien, por lo que to recomiendo este ultimo paso hacerlo directamente en la notaria pues ahorraran tiempo y dinero, ademas si ustedes ya tienen comprador se puede hacer la operacion de compraventa al mismo tiempo que la escritura de adjudicación por lo que esto implica ademas pagar impuestos, derechos, gastos y honorarios por la escritura de adjudicación de cada una de las sucesiones las cuales se veran reflejadas en una sola escritura, esto se los comento para que lo tomen en cuenta por lo que un aproximado de dichos gastos sera un 10% del valor avaluo que reporte el inkueble y asi mismo el que compra pagara sus gastos igualmente por la operación pero estos se calcularn en fucnion al precio de venta ok, por lo que confirmo una vez mas que el sucesorio no termina con la primer etapa si no hay que culminar las otras tres que menciono ok, por lo que si requiere de mayor informacion con gusto estoy a sus ordenes, saludos.
Atentamente
Lic. Victor Borgonio Rivera
Notaria 1 de Tula, Hidalgo.
Cel.5525000684
-
Autor