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INCUMPLIMIENTO DE ARRENDAMIENTO

  • Consulta : 127888
  • Autor : fernandito
  • Publicado : Viernes 14 de Octubre de 2011 19:21 desde la IP: 189.137.195.28
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,118
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  • Autor
    Consulta

  • fernandito
    USUARIO REGISTRADO

    rento un local comercial y tengo un contrato firmado por un año el cual se vence en abril de el 2012 y estoy al corriente de todos mis pagos de renta  pero el dueño me esta pidiendo que desocupe el local  de manera inmediata o sacara mis cosas de el local o le pondra otros candados para que no pueda entrar .

    el puede hacer esto o podria incurrir en un delito si saca mis cosas o si las encierra

    que puedo hacer o a que instancia puedo recurrir

     

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  • Autor
    Respuesta No: 242101

  • 098nairda
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    BUEN DÍA.

    Su contrato sigue vigente, por lo que si su arrendador desea darlo por terminado anticipadamente se lo tiene que hacer saber de manera fehaciente, es decir por escrito, ya sea prrvado o por medio de juzgado.

    Por otro lado, si abre su local y/o cambia los candados cometeria un delito.

    Ahora no menciona en donde esta su local, DF, ESTADO DE MEXICO, ETC., para poder decirle como puede hacer para que su arrendatario lo deje de molestar y cumpla con el contrato de arrendamiento.

    Espero le sirva de algo mi opinión.

    ATENTAMENTE

    LIC. ISRAEL JUÁREZ.

    E-MAIL: israel-abogado ARROBA h o t m a i l . c o m

    Cel: 044 55 28 62 68 46



  • Autor
    Respuesta No: 242156

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    1.- Consignale la renta en un juzgado, tu abogado te va a decir como se hace.

    2.- Demanda el cumplimiento del contrato y que te esta molestando con la desocupacion del  local.

    3.- Cuando el contrato se cumpla, si estas al corriente en el pago de la renta y no te informo  treinta dias antes de la terminaciòn del contrato en forma escrita y por medio de un juzgado de esa terminaciòn, pudes demandar la prorroga del contrato por otro año.

    4.- Si cambia los candados o las chapas y te impide entrar, esta cometiendo un delito, despojo, ya que mientras dure el contrato, el bien  sujeto al contrato es tuyo, no de el.



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