Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

DEMANDA INCIDENTAL

  • Consulta : 127225
  • Autor : TOYSTORY
  • Publicado : Jueves 06 de Octubre de 2011 19:49 desde la IP: 189.178.251.152
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,130
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • TOYSTORY
    USUARIO REGISTRADO

     

    Existe una sentencia de divorcio en la cual dejan a salvo los derechos para llevarlos por la vìa incidental.

    Mis dudas son ¿existe algùn tèrmino para que el actor pueda demandar por la vìa incidental la liquidaciòn de la SUPUESTA LIQUIDACIÒN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL, aun cuando el matrimonio se rigiò por la SEPARACION DE BIENES?

    ¿Existe algùn tèrmino para hacerlo valer o simplemente puede demandar el actor un año despuè si se le viene en gana?

    ¿procede dicha demanda incidental aùn cuando el matrimonio se celebrò bajo el règimen de separaciòn de bienes y el actor habla de sociedad conyugal o de plano no procederà y lo mandaràn al diablo?

     

    Gracias a quien pueda ayudarme

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí



  • Autor
    Respuesta No: 241166

  • TOYSTORY
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Disculpas de que dupliquè y hasta tripliquè la consulta, lo que pasa es que la pàgina de mxl no me permite verlas, tuve que googlearlas. sorryyy



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión