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ABANDONO DE HOGAR
- Consulta : 126128
- Autor : gdvuela_NR
- Publicado : Domingo 25 de Septiembre de 2011 23:04 desde la IP: 189.138.235.220
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,093
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AutorConsulta
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Publicado el Domingo 25 de Septiembre de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 239910
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Septiembre de 2011 23:09 2011-09-25 23:09 desde IP: 189.177.155.25
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Autor
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AutorRespuesta No: 239937
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Fecha de respuesta: Lunes 26 de Septiembre de 2011 11:02 2011-09-26 11:02 desde IP: 187.144.82.229
se trata de una demanda de divorcio, en donde se pide la disolución de vínculo matrimonial, no se demanda el abandono, porque el efecto no es obligar al que se fué a que regrese, sino que solo se pide el divorcio.
ahora: es presentar una Demanda de divorcio citando la "causal" de abandono, que viene en el código Familiar de Morelos en el art. 175 en la fracción VIII, que requiere de seis meses de haber abandonado el hogar injustificadamente.
necesitas el acta de matrimonio, las actas de los hijos, si hay entre otros.
se tramita ante el juzgado de primera instancia civil. de tu localidad.
Por ningún motivo se te ocurra hacerlo "tu mismo" obiamente no eres abogado, contrata uno, o te va a ir muy mal.
saludos.
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