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EXPROPIACIóN DE INMUEBLE... DUDA
- Consulta : 125823
- Autor : victor8p_NR
- Publicado : Jueves 22 de Septiembre de 2011 13:08 desde la IP: 189.228.70.37
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,230
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AutorConsulta
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Publicado el Jueves 22 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Hace 8 años aprox. nos fué expropiado un predio en el DF el cual estaba intestado, somos 4 hermanos de los cuales uno es incapaz por cuestiones mentales; la duda es la siguiente: siendo una persona incapaz heredero de dicho predio, ¿es posible un litigio para recuperar el inmueble?, ¿es legal la expropiación?, ¿nos podemos amparar ante tal acto de la autoridad?, ¿que debemos hacer en un momente dado para que se nos indemnice según lo maraca la ley? somos personas de escasos recursos por lo que no hemos podido pagar a un abogado, ¿a donde podemos acudir?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 239582
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Fecha de respuesta: Viernes 23 de Septiembre de 2011 01:44 2011-09-23 01:44 desde IP: 189.216.141.223
Usted señala como referencia el EdoMex, pero dice que el predio es del D.F. Debe buscar en la Gaceta Oficial del D.F., el decreto de expropiación del predio para saber cual es la causa de utiidad pública, ya que efectivamente el legítimo dueño tiene derecho a una indemnización. La única forma de echar abajo la expropiación es que la autoridad no justificara la causa de utilidad pública o que haciéndolo, no realizara la obra o destinara el predio para su fin en el término que señala la Ley. Por otra parte dice que el predio está intestado, por lo que en primer término debe denunciar la sucesión para que se nombre albacea y éste ejerza las acciones necesarias ya sea para cobrar la indemnización o para anular la expropiación.
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Autor
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AutorRespuesta No: 239774
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Septiembre de 2011 19:15 2011-09-24 19:15 desde IP: 189.216.208.213
Omití mencionar que en el D.F., muchas expropiaciones de predios tienen por objeto la regulación de la tenencia de la tierra, ¿quién tiene la posesión del predio? ya que tal vez lo que proceda es solicitar la escrituración si ese fue el objeto de la expropiación.
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Autor
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AutorRespuesta No: 239784
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Fecha de respuesta: Sábado 24 de Septiembre de 2011 20:55 2011-09-24 20:55 desde IP: 189.216.63.111
victor8p
Siendo ustedes personas de escasos recursos economicos pueden acudir a la Defensoria de Oficio de su Estado a plantear su situacion para que les asignen un abogado de oficio a efecto de que por conducto de dicho profesionista tramiten primeramente el respectivo juicio sucesorio intestamentario sean declarados herederos y posteriormente nombren un Albacea, este ultimo estara legitimado para representar a la Sucesion en tre otras cosas para arreglar la situacion del inmueble. La Ley de Expropiacion señala que si la autoridad en un termino de cinco años no destinado total o parcial al fin que dio causa a la expropiacion el gobernado podra interponer el recurso de reversion.
Para cualquier duda o coimentario al respecto quedo a sus ordenes.
Saludos
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