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AD PERPETUAM
- Consulta : 125503
- Autor : patycr_NR
- Publicado : Lunes 19 de Septiembre de 2011 17:49 desde la IP: 187.142.207.197
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,101
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 19 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Guanajuato
Buenas Tardes,
No soy abogada, por ello recurro a quien me pueda orientar, mi mama tiene 9 años en posesion de un terreno, llevo a cabo un juicio ad perpetuan y pudo hacer sus escrituras desde el 2008, la colonia donde se compro este terrenos a pasado por manos de varios "lideres" que no han echo mas que robar, los actualezs han estado tratando de apoderarse de los terrenos solos de la colonia con exito y lo reparten entre sus familias, la colonia es de bajos recursos.
Supimos que estuvieron investigando el proceso del juicio que llevo a cabo mi mama y nos demanadaron...llevamos a cabo la respuesta a la demanada pero nos ganaron, segun el fallo del juez dice que mi mama no es la dueña, el abogado que tenemos nos dice que no es normal esto y que no respetaron el " primero en tenencia primero en derecho" y esta apelando en estos momentos, cabe mencionar que lo que ellos presentaron fue un titulo de propiedad de 2009.
podrian comentarme con este breve introduccion que debemos hacer, lo que si puedo asegurar es que hemos actuado siempre de buena fe y no hemos incurrido en irregularidades. Tenemos pocas oportunidades de ganar a pesar de tener el juicio que ganamos y que escrituramos en 2008?
Gracias.
Patricia
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 239181
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Fecha de respuesta: Lunes 19 de Septiembre de 2011 19:34 2011-09-19 19:34 desde IP: 201.153.200.162
supongo que si escrituraron, fue registrado en el registro publico de la propiedad de su localidad, o solamente obtuvieron su sentencia????? si su escritura esta en orden no veo como es posible que un juez reconozca un titulo de propiedad del 2009 si ustedes no fueron quienes vendieron
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Autor
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AutorRespuesta No: 239204
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 10:22 2011-09-20 10:22 desde IP: 187.142.207.197
Gracias.
Ciertamente esta escriturado y se paga predial, no entendemos por que el juez fallo en nuestra contra. Mi mama compro en 1992 y se escrituro en 2008.
Que nos recomiendan?? que es lo mas comun que se realiza en estos casos, podemos asegurar que nuestro proceso es transparente y conforme a la ley, no se incurrio en ningun tipo de favor y se presento lo que la ley nos solicito.
Gracias por su tiempo.
PC
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Autor
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AutorRespuesta No: 239227
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Fecha de respuesta: Martes 20 de Septiembre de 2011 11:58 2011-09-20 11:58 desde IP: 187.194.14.134
nada.. no pueden hacer nada... estan bajo la figura de apelación de una sentencia... en la apelación no ´pueden agregar situaciones que el juez de la causa inciial no contemplo para efectos de rendir su expresión ...su sentencia...
lo que hicieron... ya esta hecho... su abogado no requiere de otros actos... lo que ya dijo.. ya lo dijo...
el tribunal va a emitir su resolucion de toca o de apelación en base a los documentos y pruebas rendidos en el expediente... y no en nuevos contenido.. que nunca deben o pueden ser adheridos a la apelación...
es un error presentar pruebas que no se celebraron en la primera instancia... ello deja sin efectos la apelación y dificulta el tramite del juicio de amparo... si este ultimo...fuera... el caso...
dejen trabajar a su abogado... no lo estorben... el sabe que hacer...
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Autor






