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PORFAVOR NECESITO ORIENTACION!!
- Consulta : 124824
- Autor : nr_NR
- Publicado : Miércoles 07 de Septiembre de 2011 16:46 desde la IP: 189.139.40.69
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,067
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 07 de Septiembre de 2011
Estado de Referencia: Estado de México
Soy Lillian del Estado de México, hace medio año agresé de la licenciatura en derecho y he comenzado a litigar
Les comento:
Tengo una clienta que tiene 3 hijos y se divorció en el 2008, en la sentencia en uno de sus resolutivos se decretó la disolución del vínculo matrimonial, en otro de sus resolutivos, se le otorgó la patria potestad a mi clienta y en otro resolutivo, se condeno a su entonces esposo al pago de alimentos para sus menores hijos pero en otro resolutivo dice que para efectos de precisar los montos de la pensión se deberá hacer en ejecución de sentencia.
Actualmente, de los 3 hijos de la señora uno ya es mayor de edad, todos estudian actualmente y viven con mi clienta
mi duda es la siguiente:
1.- Puedo hacer mi escrito por lo que respecta a la madre "En representación de los 2 menores" y por lo que respecta al mayor "Por derecho propio"?
2.- Quien llevará la voz en el escrito?
3.- Puedo ofrecer como prueba la instrumental de actuaciones, hacendo referencia a la sentencia de referencia y a su ejecutoria aún cuando ya está en el Archivo Judicial, o primero tengo que solicitar nuevamente el expediente para solicitar copias certificadas?
Gracias
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 238260
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Septiembre de 2011 17:17 2011-09-07 17:17 desde IP: 187.144.164.208
Debes extrael el expediente de archivo, ya que estas hablnado de oidas y no en base al texto del expediente.
Hecho que sea, si es como dices y todos tienen derecho a pensión, la madre debe apersonarse por los dos menores, siguiendo el tramnite de la sentencia ejecutoriada y el mayor de edad, con su acta de nacimiento, y constancia de estudios, deberá pedir la sepración de pensión y que esta se le entregue directa y sin la anuencia de la madre, quien ya no tiene nada que ver en lo referente a esos derecho; ambos pueden dar mandato judicial y tu iniciar los incidentes directamento; o como es en el Estado de Mexico, tu firmando en conjunción de tus clientes.
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Autor
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AutorRespuesta No: 238265
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Septiembre de 2011 17:33 2011-09-07 17:33 desde IP: 189.232.11.35
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