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ASESORíA X FAVOR.

  • Consulta : 124223
  • Autor : erikaperez0_NR
  • Publicado : Miércoles 31 de Agosto de 2011 09:43 desde la IP: 189.224.2.142
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,101
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  • Autor
    Consulta

  • erikaperez0_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    Buen día:

    Soy directora de una secundaria de un colegio particular, el viernes 19 de agosto 2011 a las 5 de la tarde me despidieron del colegio donde trabajé por 4 años, (3 de maestra de primaria y 1 de dir) fue en mi oficina a solas nadie se dio cuenta, me dijo la nueva dir. general que habían pedido mi baja,  no me dio a firmar nada, ella dijo q me llamaría para ver lo de mi liquidación lo cual no ha sucedido, al contrario les dijo a los padres de familia que yo "deje tirado el trabajo", y a los superiores  que yo había abandonado el trabajo, el despido fue injustificado no tenía ninguna amonestación escrita.

    Debido a que lo hizo 2 días antes del comienzo de clases no he podido encontrar trabajo.

    Yo no quería ir a conciliación x temor a ala dichosa"lista negra" 

    Por favor  digame ¿Cuánto tiempo tengo para ir a conciliación ?  y si lo hago ¿me afectará para conseguir trabajo ?

    Agradezco de ante mano su orientación a mis dudas.   Gracias.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 237465

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tiene 2 meses para demandar el despido injustificado, lo de la "lista negra" pues tal vez sera cuando ponga la escuela como su ultimo trabajo y llamen para pedir referencias, solamente que no ponga esa informacion o cuando explique el por



  • Autor
    Respuesta No: 237466

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tiene 2 meses para demandar el despido injustificado, lo de la "lista negra" pues tal vez sera cuando ponga la escuela como su ultimo trabajo y llamen para pedir referencias, solamente que no ponga esa informacion o cuando explique el por que de su salida le indique al posible empleador su situacion.

    Lo mas aconsejable es que demande pues sin tener motivo o razon la despidieron, para que le den su parte proporcional de aguinaldo, vacaciones, la reintalacion en su fuente de trabajo o en su defecto lo correspondiente para que subsista hasta que encuentre trabajo



  • Autor
    Respuesta No: 237475

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Efectivamente, comolo menciona el forista que me antecede, usted debe demandar al patrón con motivo del injustificado despido de que la hizo objeto, para lo cual, debe asistirse de un abogado especialsita en derecho laboral aquí en Monterrey, quien llevará a cabo los trámites legales necesarios, presentando la demanda, lo que debe hacerse antes de que transcurran dos meses, contados a partir de la fecha del despido.

    Usted puede optar, en su demanda, por ejercitar, o la acción de reinstalación en el puesto, en las mismas condiciones laboralesen que lo venía prestando, o bien la indemnización constitucional.

    Si reclama la indemnización constitucional, tiene derecho a las siguientes prestaciones:

    Tres meses de salario diario integrado, por concepto de la mencionada indemnización; prima de antigüedad, consistente en doce días por cada año de servicios prestados, o parte proporcional, la que se paga con un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo vigente en Monterrey (es decir, $ 116.28); vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios cumplidos, si no se las concedieron, y vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo laborado a partir del último año de servicios cumplidos; aguinaldo proporcional por los días laborados en el dos mil once (9.375 días de salario); sueldos y prestaciones que haya devengado y no se le hubieren pagado; prestaciones como tiempo extraordinario y días de descanso obligatorio que haya trabajado y no le hubieren sido debidamente pagados, y los salarios caídos, desde la fecha del despido, hasta el día que elpatrónb de cumplimiento al laudo que lo condene a pagarlos.

    Si decide demandar la reinstalación y el patrón se niega a someter sus diferencias al abitraje aduciendo que usted era trabajador de confianza, o bien, no acepta dar cumplimiento al laudo que lo condene a reinstalarla, entonces, además de las prestaciones que ya le mencioné, también tendrá derecho al pago de veinte días por cada año der servicios prestados; sin embargo, esta acción es poco recomendable,ya que los patrones, optan por reinstalar al trabajador y en la misma fecha en que se reincorporan al trabajo,nuevamente los despiden, para que tengan que volver a demandar, y se convierte en un cuento de nunca acabar.

    Si usted desea una mayor información u orientación legal más completa, ingrese a mi oficina virtual, haciendo click en el ícono qun forma de maletíbm, en donde podrá obtener mi domicilio profesional aquí en Monterrey y mis números telefónicos.



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