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EMBARGO A NOMBRE DE OTRA PERSONA..

  • Consulta : 124072
  • Autor : esme_resendiz
  • Publicado : Lunes 29 de Agosto de 2011 20:50 desde la IP: 189.224.95.163
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,084
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  • Autor
    Consulta

  • esme_resendiz
    USUARIO REGISTRADO

    Hola mexico legal ,, necesito una respuesta urgente a mi caso ,,, por favor no se que hacer. Hace mas de un año mi mama le daba asistencia a un joven estudiante , este solicito creditos a distintas tiendas departamentales dando nuestra direccion ,abusando de nuestra confianza, pero el ya se fue del estado para su lugar de origen y dejo adeudos en dichas tiendas,, estas dedudas ya generaron intereses no muy altos, pero han estado llegando avisos de pagos , pero nosotros ya hablamos alegando que el no vive aqui , mas sin embargo ya mandandaron un aviso de embargo .. esto es posibles??? Porque se me hace un abuso que vengan a privarnos de nuestras pertenencias injustamente porque esa no es nuestra deuda . Que podemos hacer ,,,??? Gracias...

     

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  • Autor
    Respuesta No: 237286

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    La soluciòn es facilìsima, al igual que lo que hizo el queridìsimo y hàbil estudiante, que se largò sin pagar.. jaja

    - La ùnica persona que lo puede OBLIGAR a atender una deuda, es ALGUIEN DEL PODER JUDICIAL, esto es,  no se deje engañar si llega un Abogado a querer quitarle cosas, PERO NO EXHIBE IDENTIFICACION QUE LO ACREDITE COMO SERVIDOR PUBLICO.

    - la persona que por ley tiene que ir a embargar bienes para garantizar una deuda, se llama ACTUARIO DEL JUZGADO. Punto.   Normalmente a la gente la impresionan unos tipos con trajes mal cortados que entran a las casas y se llevan un chorro de cosas y dejan un montòn de papeles,  PERO NUNCA SE IDENTIFICAN COMO NADA.

    - Entiende:  tù (manda a ch-ingar a su madre) ignora a cualquiera que no se identifique debidamente como ACTUARIO DE UN JUZGADO.  Punto punto.

    - Ahora bien, suponiendo que ya demandaron al estudiante, y que va un respetable actuario a notificar demanda y a embargar bienes, NO TIENES TU POR QUE ATENDERLO POSITIVAMENTE, es decir, NO TIENES TU POR QUE RECONOCER DEUDA ALGUNA.   Simplemente manifiesta:  ese señor o sujeto no vive aqui,  aqui tienes mi credencial de elector, que como ves no soy el mismo que tù buscas, asì que adiosito. NO PUEDO RECONOCER ESA DEUDA, NO PUEDO GARANTIZARLA,  ADIOS , me voy a meter a mi casa y no le puedo firmar nada.   AHI MERO SE ACABA Y YA.

    - Mientras tanto, ve a quemar a su pueblo de origen a este desdichado escuelante, aparte buscalo para que pague.  Fijate, todavìa que se le diò un lugar para quedarse mientras acababa la carrera, y sale con estas jaladas,  nooo.

    Entendiste????   Saluditos.



  • Autor
    Respuesta No: 237287

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    No han mandado nada, esas cartas amenaza, son el arma preferida de las tiendas departamentales y despachos de cobranza.

    Lo unico que deben hacer es decir la verdad, que dicha persona rentaba ahi o vivia ahi, pero que ya no vive, ahora si conoces la nueva direccion de dicha persona, informaselo a las personas que van a cobrar... al no ser avales, ustedes no tienen por que pagar la deuda de dicha persona.



  • Autor
    Respuesta No: 237467

  • Antonio
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Efectivamente en otras consultas es la solución lo que detallan los foristas anteriores, cuando no se debe y quieren que se reconozcan deudas de otras personas. o sea que ni a problema llega...



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