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AYUDA. CONSULTA SOBRE INTERDICTO

  • Consulta : 122801
  • Autor : fergarza116_NR
  • Publicado : Lunes 15 de Agosto de 2011 11:10 desde la IP: 71.41.181.34
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,102
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  • Autor
    Consulta

  • fergarza116_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    buenos dias, aojala me puedan asesorar.

    yo soy heredero de mi abuela, de un terreno y un par de casitas hubicadas en el mismo, del cual nunca hubo escrituras, pero que habito mi abuela durante muchos años mas de 30, ella fallecio en 2008 y apenas voy a hacer mi juicio suserorio, por motivos de problemas y perdida de tiempo con mi entonces abogado , pero me encuentro en posesion pacifida y de buena fe y continua , pero hace unos meses Sali a estados unidos por motivos de arreglar mi residencia en ese pais. . Susede que un tio o dos han estado metiendose ahí los ultimos 4 meses,  mi pregunta es,  es recomendable hacer un interdicto? Y que necesito para iniciar el interdicto? Se que necesito  causa generadora ,,, bastara con el testamento solamente ¿ o requiere que salga la resolucion del juicio susesorio para que este tenga la valides de causa generadora de la posesion? ( entiendo que eventualmente el juicio susesorio es determinante solo que por la urgencia, requiero saber sobre el interdicto)

     

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  • Autor
    Respuesta No: 235486

  • lic. luis arturo
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    tus tios se encuentran en posesión del inmueble o lo ocupan ocasionalmente ??

    eres el único heredero?

    en que  parte del  pais se encuentra el inmueble?



  • Autor
    Respuesta No: 235492

  • darknight123
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    mi tio esta ahi , se cree dueño no tiene ningun documento y tiene escasos 3 meses ahi,

    soy el unico heredero en el testamento,

    el lugar de este asunto es coahuila, Gracias Lic . Luis Arturo



  • Autor
    Respuesta No: 235496

  • darknight123
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    mi tio esta ahi , se cree dueño no tiene ningun documento y tiene escasos 3 meses ahi,

    soy el unico heredero en el testamento,

    el lugar de este asunto es coahuila, Gracias Lic . Luis Arturo



  • Autor
    Respuesta No: 235497

  • darknight123
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    mi tio esta ahi , se cree dueño no tiene ningun documento y tiene escasos 3 meses ahi,

    soy el unico heredero en el testamento,

    el lugar de este asunto es coahuila, Gracias Lic . Luis Arturo



  • Autor
    Respuesta No: 235500

  • darknight123
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    mi tio esta ahi , se cree dueño no tiene ningun documento y tiene escasos 3 meses ahi,

    soy el unico heredero en el testamento,

    el lugar de este asunto es coahuila, Gracias Lic . Luis Arturo



  • Autor
    Respuesta No: 235605

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si no hay escrituras, no puede ser heredero, los derechos posesorios no se pueden trasmitir, se pierden con la muerte. ¿Por qué dice que es único heredero?  Para demandar la prescripción necesita título que lo acredite como propietario de buena fe, título que evidentemente no tiene, además tampoco procede la prescripción en contra de parientes consaguineos. Sólo heredó ilusiones, nada más.



  • Autor
    Respuesta No: 235650

  • darknight123
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    pues bueno , por eso estoy haciendo lap rescripcion, no contra mis tios, solo la prescripcion por im derecho de haber estado ahi mas de 5 años pacifica continua etc. 

    el testamento seri auna prueba mas,, que requiero para hacer un interdicto como para rentener la posesion?ejemplo de que se puede utilizar?



  • Autor
    Respuesta No: 235825

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted no puede demandar la prescripción, primero porque no opera entre familiares consanguíneos y menos en linera recta en primer grado, segundo no cuenta con título con el que acredite la calidad de dueño, tercero porque ya no tiene la posesión. El hecho de haber vivido cinco años de ninguna manera reune los requisitos para demendar la usucapio.



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