Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

EN MATERIA PENAL QUE SUCEDE SI NO SE LOGRA LA COMPARECENCIA DE UN TESTIGO CON AUXILIO DE LA FUERZA PúBLICA

  • Consulta : 122527
  • Autor : ss.ee.rrtt_NR
  • Publicado : Jueves 11 de Agosto de 2011 14:05 desde la IP: 189.221.229.152
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
Recomienda esta consulta a un amigo
  • Autor
    Consulta

  • ss.ee.rrtt_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Aguascalientes

    Buenas tardes:

    Esta consulta es en realidad en respuesta a una pregunta que  anteriormente había hecho.

    Agradezco a los dos foristas que se tomaron el tiempo de responder mi consulta.

    Aunque sus respuesta no fueron coincidentes entre ellas,  y no comparto en su totalidad  sus puntos de vista, ya será a mi y a los demás consultantes a quienes no corresponda quedarnos o no con lo que creamos correcto.

    Por cierto, no es necesario que se amarguen tanto, simplemente se les pide de manera respetuosa que respondan a las consultas, quién no quiera hacerlo o no pretenda hacerlo de buena manera, pues que pena,  pero aqui estamos para ayudarnos.

    En fin.

    Ahora si me retiro del foro.

    Reciban un saludo todos!!

     

Debe estar registrado para contestar. Registrate aquí





  • Autor
    Respuesta No: 235073

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    yo soy dotor de los que no curan....a muncha onrra...siñor cuaresñoño...

    que te que ver ser dotor... con la consulta que el burro no entiende... ???

    quiere defender a su cliente diciendo que el al baogdo que señala la declaración ministerial...no estaba presente...

    si a a eso le yalla defensa?...

    eso no evita la existencia del deliro... no lo destruye... lo que hay que hacer es...justificar la conduta dela activo... o destruir los elementos del delito... 4 años de derecho penal en la facultad y sale conque ...quiero que el aboagdo que esta en el avcta diga que no estuvo presente... como dices ti cuares...

    son maammaaddaass...eso no es defensa y no vale como tal...ya que declaro al momento de ser detenido... dio declaración preparatoria....ya acepto o nego el hecho probablemente constitutivo del delito... de ahi en adelante es la defensa... ya que ...seguro le dictaron auto de fomal prisión y de sujeción a proceso..



Para responder consultas en el Foro deberá iniciar sesión