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SUCESION INTESTADA

  • Consulta : 121192
  • Autor : salvadorlpzlpz_NR
  • Publicado : Viernes 29 de Julio de 2011 12:15 desde la IP: 189.145.166.23
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,077
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  • Autor
    Consulta

  • salvadorlpzlpz_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Distrito Federal

    ¿cual es la base legal para por la que una heredera en un juicio intestamentario pueda solicitar al juez, que se le ordene a la empresa X, que ponga a disposiciòn de la heredera, la membresìa comercial objeto de la denuncia de intestado para su uso y disfrute?

     

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  • Autor
    Respuesta No: 233204

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    MUY BUENAS TARDES:

    LAS DISPOSICIONES LEGALES QUE REGULAN LAS SUCESIONES ESTA REGULADO EN EL TÍTULO TERCERO DE LAS SUCESIONES DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL, INICIANDO EN EL ARTICULO 1281.

    A PARTIR DE ESE ARTÍCULO ESTAN REGULADAS LAS FORMAS EN LAS QUE UN HEREDERO PUEDE TENER ACCESO A LOS BIENES DEL DE CUJUS (PARIENTE FALLECIDO) AHORA BIEN, EXISTEN REGLAS PARA PODER TENER ACCESO A UNA HERENCIA, SE DEBE ABRIR UN PROCESO JUDICIAL EN EL QUE UN JUEZ LE DARÁ LA FACULTAD PARA DISPONER DE ESOS BIENES, ESTE PROCESO CONSTA DE 4 ETAPAS QUE SON:

    1-. SUCESIÓN: Consiste en la declaración de la herencia  ya sea por testamento o denuncia del intestado, citación de herederos , nombramiento de albacea, validéz del testamento.

    2-. INVENTARIO: Se hará un inventario de los bienes, Avalúo de los bienes.

    3-. AMINISTRACIÓN: Se hará una rendición de  cuentas de lo administrado,pago de impuesto.

    4-. PARTICIÓN: Proyecto de Distribución de Bienes, y reparticiòn.

    Es necesario que este proceso se lleve a cabo para poder disponer y utilizar los bienes.

    ESTAMOS A SUS ÒRDENES.
    w w w . o r t i z r u bi o l e g a l . c o m
    LIC. VALERIA ORTIZ RUBIO ANZORENA
    LIC. LIZETH RUIZ GARAY
    i n f o "arroba" o r t i z r u b i o l e g a l .c o m . m x
    Te l s: 49830259/42019327

     

     

     



  • Autor
    Respuesta No: 233208

  • LIC. COBALTO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

                Salvador, primero te comento que le herencia son toda la universalidad de bienes y derechos del de cuyus (fallecido), luego en un juicio sucesorio intestamentario, durante la primera etapa de este, se realiza la junta de herederos y el nombramiento del albacea, es el albacea la figura juridica  representante de todos esos bienes y derechos de la herencia, por consecuencia una vez nombrado este, el es el indicado para solicitar al Juez todos y cada uno de los tramites nesesarios a efecto de llevar a cabo el aseguramiento de los bienes y derechos, dentro de los derechos (esta membresia que mencionas).

    Te envio un cordial saludo



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