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DIAS EFECTIVAMENTE TRABAJADOS, LEY FEDERAL DEL TRABAJO ART.89
- Consulta : 12
- Autor : puppycock
- Publicado :
Viernes 21 de Noviembre de 2008 16:23
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 3,540
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 21 de Noviembre de 2008
Hola, yo laboro en una empresa donde se me paga por unidad de tiempo (por hora) y quiero saber como se calcularia mi salario promedio puesto que no todos los dias trabajo y no todos los dias trabajo las mismas horas. La parte del articulo que me confunde es el segundo parrafo, especificamente: "las percepciones obtenidas en los treinta días efectivamente trabajados antes del nacimiento del derecho" mi duda es sobre los "dias efectivamente trabajados", estos dias solo incluyen los que trabaje o tambien se incluyen los dias de descanso? en otras palabras, son treinta días laborados (con al menos una hora trabajada) o simplemente 30 dias naturales?.
Muchas gracias por su ayuda de antemano, les dejo una cita textual del articulo:
Artículo 89.- Para determinar el monto de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores se tomará como base el salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización, incluyendo en él la cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones mencionadas en el artículo 84.
En los casos de salario por unidad de obra, y en general, cuando la retribución sea variable, se tomará como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los treinta días efectivamente trabajados antes del nacimiento del derecho. Si en ese lapso hubiese habido aumento en el salario, se tomará como base el promedio de las percepciones obtenidas por el trabajador a partir de la fecha del aumento.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 20
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ESPERO ACLARE TU DUDA.
SON 30 DÍAS NATURALES AUN QUE NO HAYAS LABORADOS TODOS
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AutorRespuesta No: 2910
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