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ACTA DE ABANDONO DE HOGAR, PARA QUE ME SIRVE
- Consulta : 119360
- Autor : maricdisa_NR
- Publicado : Martes 12 de Julio de 2011 08:19 desde la IP: 189.230.55.166
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,105
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AutorConsulta
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Publicado el Martes 12 de Julio de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Desde hace un año y medio mi esposo se juviló y se fué a vivira a la casa materna del lugar donde nacio en el Estado de Oaxaca. Ya no me dá para manutención y tengo mucha correspondencia de casas comerciales que le llega a al lugar donde vivimos durante toda nuestravida de casados. Es juvilado de C.F.E. y necesito saber si procede el acta de abandono y si es posible exigirle una pensión. Yo no tengo un empleo fijo porque ya no me contratan tan facilmente en las empresa y si lo hacen es sin ninguna prestación.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 230394
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Julio de 2011 10:18 2011-07-12 10:18 desde IP: 201.134.6.50
Primeramente debes de informar a cada correspondencia que te llega que ya no vive esa persona ahi, porque si no lo haces te cobrarán a ti las deudas.
Segundo, cuantos hijos tienes y si son menores de edad, por si son menores puedes meterle pensión alimenticia y te voy a decir que si quieres puedes sacarle un buen provecho a esto.
Si tienes quien te ayude a sacar la información de cuanto gana tu ex esposo o mejor aún te faciliten sus recibos de nomina, eso te ayudara de mucho.
OJO: Tienes derecho a pensión alimenticia y demás prestaciones que tiene él, no le creas nada porque gana muy bien, te lo digo porque yo tambien pasé por lo mismo, y me consegui un buen abogado y las gane por derecho.....no dejes en saco roto lo que te digo hazme caso.
Cuando es jubilado gana el salario total INTEGRO y sin ningun descuento, es todo completo, que no te engañe
Tienes derecho a ser feliz, lucha por favor por lo que te corresponde, antes que otra te gane!
Si vieras como se reía de mí, pero al final, la que terminó riendose fui yo!!!!
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Autor
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AutorRespuesta No: 230405
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Julio de 2011 12:13 2011-07-12 12:13 desde IP: 201.141.251.72
Aunque tus hijos sean mayores de edad, tu tienes derecho a una pension alimenticia por un tanto igual a los años que estuviste casada, actualmente el atender el hogar se considera como un trabajo.
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Autor
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AutorRespuesta No: 230443
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Fecha de respuesta: Martes 12 de Julio de 2011 18:02 2011-07-12 18:02 desde IP: 187.141.55.178
El acta de abandono de hogar te sirve, y puede levantarla en el Juzgado Civico que te corresponda por cuanto a tu domicilio, no refieres si estas casada aunque se presupone, de ser asi podrias solicitar el dicorcio aunado a la pensión alimenticia a la que tienes derecho por ley, aun y cuando no tengas hijos o sean mayor de edad, pero debes acreditar en primera la obligación que tiene tu marido, lo cual acreditas con el acta de matrimonio en caso de que exista, y en segundo el incumplimineto de dicha obligación, lo cual se acredita y se presupone con la separación del domicilio conyugal para lo cual utilizarias el acta de abandono.
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