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PRUEBA PERICIAL EN CONTROVERSIAS DEL óRDEN FAMILIAR

  • Consulta : 119173
  • Autor : nr_NR
  • Publicado : Domingo 10 de Julio de 2011 14:11 desde la IP: 187.141.102.198
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,225
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  • Autor
    Consulta

  • nr_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Oaxaca

    Buenas tardes, tengo una duda en cuanto al momento en que debe admitirse la preuba pericial a cada parte y si al designarse un perito oficial éste debe acreditar el título que tenga para ejercer la profesión en la materia en que versará la prueba.

    También si el juez está facultado para designarle un perito oficial a la parte actora sin designar otro de parte del tribunal.

    Esto es en un juicio de investigación de la paternidad en controversias del órden familiar.

    Espero puedan comentar al respecto.

     

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