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JUICIO DE AMPARO " ABOGADOS " NECESITAMOS DE SU VALIOSA Y PRONTA AYUDA, POR FAVOR!
- Consulta : 118660
- Autor : wordslove_NR
- Publicado : Miércoles 06 de Julio de 2011 01:36 desde la IP: 189.164.209.51
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,223
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 06 de Julio de 2011
Estado de Referencia: Michoacán
ABOGADOS, LES EXPONGO LO SIGUIENTE, PIDIENDO SU AYUDA POR FAVOR!!
Por lo expuesto, fundado y con apoyo en los artículos 103, fracción I, 107, fracción I, de la Constitución Federal, 76 y 77 de la Ley de Amparo, se resuelve: PRIMERO.- Se tiene por inexistente a un Jefe de Grupo de la Policía Ministerial del Estado, con residencia en esta ciudad, y como consecuencia el acto que se le atribuye, por lo que se ordena suspender toda comunicación con la misma; de conformidad con lo expuesto en el considerando segundo de la presente resolución. SEGUNDO.- Se SOBRESEE en el juicio de amparo, promovido por MARTHA Y ARIANNE CERVANTES MORFIN, contra los actos reclamados de los Jueces Primero, Segundo, Tercero y Cuarto de Primera Instancia en Materia Penal, Juez Primero y Segundo Menores Mixtos, agentes del Ministerio Público de sus respectivas adscripciones, Subprocuradora Regional de Justicia, agentes Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto, Sexto y Séptimo del Ministerio Público Investigador, Jefe de Grupo, Primer y Segundo Comandante de la Policía Ministerial del Estado, todos con residencia en esta ciudad, consistentes en la orden de aprehensión y su ejecución, precisados en el resultando primero del presente fallo. NOTIFÍQUESE; y háganse las anotaciones en el Libro de Gobierno correspondiente.
LES PIDO POR FAVOR SU AYUDA Y NOS DIGAN QUE QUIEREN DECIR CON ESTO, LAS AUTORIDADES, PORQUE EL ABOGADO YA NOS HABIA DICHO HACE 3 DIAS, QUE " NO" HABIA NINGUNA DENUNCIA EN NUESTRA CONTRA.
Y HOY 05/07/2011 NOS LLAMA Y DICE QUE NECESITA HACERNOS OTRO AMPARO, QUE PARA NUESTRA SEGURIDAD.
Y REALMENTE EL AMPARO, SE HIZO POR RECOMENDACION DEL ABOGADO Y FUE SOLO POR UNA SUPOSICION POR PROBLEMAS CON HERMANOS POR TESTAMENTO LEGITIMO DE NUESTRA MAMA, YA QUE DESPUES DE 12 AÑOS, SE DIO FECHA PARA LA PARTICION DE BIENES Y QUE LOS 6 HERMANOS NO QUIEREN ENTREGAR!
POR EL AMPARO NOS COBRO 4, 000 PESOS Y NOS VA A COBRAR, AUN NO SABEMOS CUANTO? POR UNAS COPIAS CERTIFICADAS QUE SOLICITO AHI MISMO.
LES PEDIMOS POR FAVOR QUE DEBEMOS HACER, NECESITAMOS QUE NOS AYUDEN POR FAVOR, PORQUE DE ESTO NO SABEMOS NADA.
MUCHAS GRACIAS POR QUERER AYUDAR, ESTO ES LO MAS NOBLE QUE PUEDE EXISTIR Y SOBRETODO PARA LOS QUE NO SABEMOS TERMINOS LEGALES Y EN CUALQUIER MOMENTO NOS PUEDEN CONFUNDIR Y SACAR DINERO QUE NO TENEMOS, PORQUE DESAFORTUNADAMENTE SI, EXISTEN ABOGADOS CORRUPTOS, ME APENA DECIRLO PERO ES LA VERDAD.
ESPERAMOS SU PRONTA RESPUESTA.
GRACIAS POR ESTAR.
.MARTHA Y ARIANNE.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 229522
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Julio de 2011 03:08 2011-07-06 03:08 desde IP: 189.239.199.253
Estimada consultante, no duplique las preguntas, esta ya le fue respondida en forma atinada y en terminos sencillos para que usted entienda el alcanze de la desicion del juez de amparo. Por otro lado es importante saber en que delito podria estar involucrada, o expresarnos los hechos de la referida particion de bienes, pues no es muy clara al respecto, teniendo un ligero panorama de las cosas estariamos en oportunidad de asesorarle sobre la necesidad de un amparo. Retomando el contenido transcrito de la resolucion o determinacion del juez, el amparo es sobreseido al no existir el acto reclamado que motivo la demanda de amparo y por consiguiente no hay materia que pueda ser objeto de un juicio. El sobreseimiento es una forma de terminacion del juicio sin hacer un estudio de fondo del asunto, en el caso particular por no existir un acto de autoridad que ordene y pretenda ejecutar la orden de aprehension.
Su abogado conoce a fondo su asunto y sabra que estrategia de defensa seguir, si desconfia de su abogado tiene la libertad de contratar otro, pero no se adelante a los hechos.
Saludos
Estoy a sus ordenes
Lic. Roberto Gurbi
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Autor
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AutorRespuesta No: 229523
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Julio de 2011 03:09 2011-07-06 03:09 desde IP: 189.239.199.253
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AutorRespuesta No: 229524
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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Julio de 2011 03:13 2011-07-06 03:13 desde IP: 189.239.199.253
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