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MATRIMONIO CATOLICO

  • Consulta : 118167
  • Autor : Mota
  • Publicado : Viernes 01 de Julio de 2011 13:51 desde la IP: 189.129.78.81
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 4,069
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  • Autor
    Consulta

  • Mota
    USUARIO REGISTRADO

    Hola, tengo una pregunta y no dudo que aqui puedadan responderla, se trata de lo siguiente, ¡existe accion legal para demandar los alimentos a un conyuge por parte del otro en caso de que solo celebraran matrimonio religiosos?, busque en el ius pero no encontre nada, y pues escuche un rumor por ahi, asi que si alguien sabe algo al respecto se los agradecere, mil gracias y felicitaciones a todos los participantes por hacer de este lugar una gran ayuda para dispersar dudas.

     

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  • Autor
    Respuesta No: 229063

  • lexus
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Tiene derecho a solicitar alimentos, el conyuge, los hijos, la concubina etc. el caso que nos ocupa, si bien es cierto que mencionas un matrimonio por la iglesia, desde mi punto de vista estariamos en el supuesto del concubinato desde la fecha en que se celebró y no habria inconveniente en que solicitara pensión alimenticia. saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 229064

  • gomezamd
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Sí se puede demandar por alimentos en caso de separación después de una relación de concubinato.



  • Autor
    Respuesta No: 229065

  • raultj57
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    El matrimonio solo es valido juridicamente por via civil, sin embargo, el codigo Civil establece una figura llamada "concubinato"  y esta debe ser mayor de 5 años o si tienen hijos, saludos.



  • Autor
    Respuesta No: 229249

  • Mota
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Gracias a todos por su ayuda, lo que pasa es que en el estado de Veracruz, lugar donde perteneco, no define al concubinato expresamente, solo lo menciona en un articulo en el apartado de suceciones, y me interesaba saber si el matrimonio eclesiastico podia probar alguna relacion para exhigir los alimentos en favor de un consorte, porque en el supuesto que manejo, esta pareja ya no continua viviendo en comun, pero si vivio por mas de 5 años y procrearon un hijo, y lo que me interesa es demandar alimentos en favor de la ex-concubina, lamento no haber expresado esto en mi pregunta, asi que ofresco mi disculpa y nuevamente agradesco su apoyo, les deseo exelente dia.



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