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PRELIBERACIONES
- Consulta : 117414
- Autor : edc_21_NR
- Publicado : Miércoles 22 de Junio de 2011 13:14 desde la IP: 189.229.10.235
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,074
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AutorConsulta
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Publicado el Miércoles 22 de Junio de 2011
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 228240
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Junio de 2011 13:56 2011-06-22 13:56 desde IP: 187.194.31.82
claro que...para salir tiene que pagar la reparación del daño... multa.... aunque cumpla en su totalidad el termino de su condena....
y aunque cumpla el total... no sale si no paga la reparación del daño que se le impuso...
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