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DINERO DEL INFONAVIT
- Consulta : 116896
- Autor : kerenky_oro_NR
- Publicado : Viernes 17 de Junio de 2011 12:50 desde la IP: 201.110.255.72
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,078
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AutorConsulta
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Publicado el Viernes 17 de Junio de 2011
Estado de Referencia: Distrito Federal
Que tal. en estos momentos me encuentro haciendo mi tramite para la pension por sesantia y vejez.
yo tengo un saldo a fovar del infonavit por mas $50,000. El problema es que me indican que como no lo ocupe para un credito de vivienda no tengo derecho a ese dinero.
hay alguna forma de recuperarlo y como le puedo hacer gracias.
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 227472
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Junio de 2011 14:05 2011-06-17 14:05 desde IP: 200.33.74.37
Si es posible recuperar ese dinero que es TU AHORRO, de acuerdo a la pagina del infonavit: "//infonavit">infonavit, comunicate al 01800 que aparece en esa pagina para que te indiquen que documentos debes presentar para que te proporcionen un oficio de liberacion el cual se entrega a la afore y esta sumara esa cantidad de dinero a tu pension.
A continuacion la informacion de la pagina de Infonavit-Informacion para el derechohabiente-como retirar mi ahorro
border="0" cellpadding="0" cellspacing="0" class="InteriorContenidoTextoPadding" width="489">¿Cómo retirar los recursos del Fondo de la Vivienda? Si no utilizaste tu crédito Infonavit, o ya lo liquidaste y existe un remanente, puedes recuperarlo.
Retiro del Fondo de Ahorro 72-92
Podrás disponer de él, sí:
- Tienes 50 o más años de edad y cumpliste un año o más sin trabajar o,
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Cuentas con una resolución de pensión por:
- Cesantía en edad avanzada,
- Vejez
- Invalidez definitiva,
- Incapacidad total permanente,
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Incapacidad parcial de 50% o más emitida por:
- El IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social).
- El ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado).
- Profedet (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo).
- Alguna de las secretarias de salud de los estados o instituciones que otorgan pensión por incapacidad o invalidez a sus empleados, y siempre que lo permitan las normas que son aplicables.
- Un plan privado de pensión.
- Defunción del titular, se hará la devolución a sus beneficiarios,
- Lo dicta un fallo o decisión judicial.
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Autor
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AutorRespuesta No: 227475
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Junio de 2011 14:31 2011-06-17 14:31 desde IP: 189.159.183.86
hola buen dia:
con reepcto a tu comsulta es cierto puedes recuperar esa cantidad que mencinas ya que es una aportacion realizada en tu afore, si estas en tamites de una pension solo puedes disponer del apartado de fondo de vivienda, ahora bien si es del dar 92 o anterior como dice la forista antecesora si pudes solicitarlo directamtne al infonavit, el problema que posiblemente tengas es que te digan que el fondo no lo tiene ellos ya que si no lo utilizas esas aportaciones automaticamente pasan al gobierno federal, tu presentate una vez que te den tu resolusion de tu pension por cesantia en edad avanzada o vejez cualquiera que sea la resolucion, lleva los documentos y si te hacen esperr mucho presentate ante la junta federal especificamente ante la procuraduria de la defensa de los trabajadores y ellos te asesoraran de manera gratuita eso no quiere decir que tu no vas gastar en pasajes o copias que te pidan, pero te asesoran y te poyaran para que presentes una demanda ante la junta federal en contra del infonavit y te hagan la devolucion de tu monto ante dicha institucion incluso la devolucion de tu afore tambien, es decir en el apartado de retiro, espero que tengas mucha suerte, saludos cordiales y que tengas un excelente fin de semana.
Atetamente:
Lic. Claudia Janeth Saldívar Avalos
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Autor
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AutorRespuesta No: 359155
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Julio de 2014 11:13 2014-07-07 11:13 desde IP: 189.166.4.10
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Autor






