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PARA EXPERTOS EN AREA LABORAL

  • Consulta : 116476
  • Autor : emma_ebdc_NR
  • Publicado : Martes 14 de Junio de 2011 10:50 desde la IP: 189.152.87.66
  • Tipo de Usuario :
  • Visitas : 3,136
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  • Autor
    Consulta

  • emma_ebdc_NR
    NO REGISTRADO

    Estado de Referencia: Nuevo León

    buen dia

    mi pregunta es la siguiente, lo que pasa es que mis jefes van a cambiar de razon social, pero no nos kieren likidar, porque dicen que solo se esta sustituyendo un jefe por otro, eso se puede???

     

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  • Autor
    Respuesta No: 227108

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Claro que se puede aqui le transcribo el texto del articulo 41 de la ley federal del trabajo

    Artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo
    La substitución de patrón no afectará las relaciones de trabajo de la empresa o establecimiento. El patrón substituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley, nacidas antes de la fecha de la substitución, hasta por el término de seis meses; concluido éste, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón. El término de seis meses a que se refiere el párrafo anterior, se contará a partir de la fecha en que se hubiese dado aviso de la substitución al sindicato o a los trabajadores



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