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¿ES IMPEDIMENTOUNA DEMANDA DE PENSION PARA OBTENER TU CREDITO INFONAVIT?
- Consulta : 115690
- Autor : ro-ch_NR
- Publicado : Lunes 06 de Junio de 2011 23:24 desde la IP: 187.157.16.121
- Tipo de Usuario :
- Visitas : 4,241
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AutorConsulta
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Publicado el Lunes 06 de Junio de 2011
Estado de Referencia: Tabasco
buenas noches, me llamo rocio jauriga, mi situacion es la siguiente, estuve casada por tres años con el padre de mi hija, por lo que al separarnos levante la demanda de pension alimenticia, hace unos dias me llamo para decirme que retire la demanda porque debido a esta a el no le pueden otorgar su credito infonavit, ya que quiere comprar una casa, ¿es esto cierto? ¿que puedo hacer en este caso?
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AutorConsulta
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AutorRespuesta No: 226418
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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Junio de 2011 23:33 2011-06-06 23:33 desde IP: 189.140.216.236
Los alimentos son de órden público, usted no puede retirar la demanda, (los alimentos de su niña no son susceptibles de negociaciones). No soy abogada pero hasta donde sé, si es un poco más difícil que les otorguen el crédito hipotecario a su aún marido mas no imposible. ¿a usted le beneficia la casa de infonavit?. Disculpe pero mi recomendación es que no se crea cuentos chinos.
Saludos
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Autor
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AutorRespuesta No: 226427
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Junio de 2011 00:03 2011-06-07 00:03 desde IP: 189.138.177.128
la pregunta es si usted demando el divorcio nesesario y dentro de este la pension alimentaria para su menor hija, de ser asi, la ley permite que en cualquier momento se pueda concluir cualquier controversia familiar con un convenio que establezcan las partes, en el entendido de que el divorcio nesesario y todas las medidas provisionales decretadas durante el tramite de este, tambien se levantaran para quedar sin efectos.
Mas sin embargo en total concordancia con la panelista anterior, es acaso que a usted le beneficia la adquisicion de dicha casa habitacion de infonavit, por que de no ser asi, usted debe dejar las cosas en el estado en que se encuentran por el bien de su menor hijo (a).
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Autor
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AutorRespuesta No: 226429
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Junio de 2011 00:14 2011-06-07 00:14 desde IP: 189.140.216.236
De cualquier manera, aunque esté en pleno juicio de divorcio.. los alimentos de la menor se tienen que dejar bien estipulados (A FUERZA), entre ellos se podrán ceder derechos de todo lo que quiera, regalarse incluso, pero los alimentos de la niña no los van a poder quitar, creo yo , a menos que el padre se incorporara al domicilio conyugal. Si estoy en algún error pido disculpas anticipadas y ruego me lo hagan saber. Otra cosa, si usted está casada por bienes mancomunados y el crédito se obtiene durante el matrimonio, le correspondería a usted el 50% de la casa a la hora de la enajenación del bien inmueble. Así que, por ningún momento "negocíe" con los alimentos de la peque. Póngase lista!
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Autor
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AutorRespuesta No: 226430
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Junio de 2011 00:17 2011-06-07 00:17 desde IP: 189.140.216.236
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Autor
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AutorRespuesta No: 226431
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Junio de 2011 00:20 2011-06-07 00:20 desde IP: 189.138.177.128
Esta usted en lo correcto, pues al convenir las partes en un juicio de divorcio nesesario, unicamente bajo esa condicion se puede levantar la medida de alimentos provisionales, es decir cuando hay reconciliacion entre las partes, y por cuanto a la adquisicion del credito y los porcentajes en virtud de un matrimonio por sociedad conyugal me adhiero a su manifestacion... saludos
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AutorRespuesta No: 226433
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Fecha de respuesta: Martes 07 de Junio de 2011 00:43 2011-06-07 00:43 desde IP: 189.140.216.236
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